AYUDAS PARA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR ARTESANO DE EXTREMADURA
Finalidad
La presente ayuda tiene por finalidad la mejora de la competitividad de la pequeña y mediana empresa artesana de Extremadura, con vistas a reforzar su crecimiento sostenible, a través de la mejora de los procesos de producción, la implementación de soluciones tecnológicas avanzadas y el incremento de la eficiencia energética.
INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL MERCADO ORDINARIO DE TRABAJO
Finalidad
Favorecer la contratación de personas con especiales dificultades de inserción, con discapacidad, en el mercado ordinario de trabajo reguladas por el Decreto 192/2016, de 29 de noviembre, por el que se regulan los incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario (DOE núm. 233, de 5 de diciembre), a través de los siguientes programas:
Programa I: Subvenciones para la contratación indefinida de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias o la incorporación de las mismas como personas socias trabajadoras en caso de Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales.
AYUDAS PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA EXTREMEÑA
Finalidad
Las ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior destinadas a la pequeña y mediana empresa extremeña, dirigidas a fomentar su internacionalización y fortalecer sus capacidades digitales en la dirección de los mercados exteriores.
AYUDAS PARA EL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO – FONDO TECNOLÓGICO
Finalidad
Financiar el desarrollo de planes y proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible que, presentados por las pequeñas y medianas empresas de comercio, ya sea de manera individual o a través de las asociaciones u organizaciones que representan sus intereses, incidan en la gestión de la actividad comercial y en su modelo de negocio, garantizando su adaptación a los nuevos hábitos de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución.
PUBLICADA LA TERCERA CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL PROGRAMA KIT DIGITAL PARA EMPRESAS DE ENTRE 0 Y MENOS DE 3 EMPLEADOS
Red.es publica la tercera convocatoria de ayudas destinadas a la digitalización de pequeñas empresas de entre 0 y menos de 3 empleados (segmento III). Se puede consultar la convocatoria en el siguiente enlace: https://boe.es/boe/dias/2022/
La cuantía de la ayuda para este segmento será de 2.000 € y con ella las pymes y autónomos podrán adquirir las soluciones de digitalización para áreas clave como:
- Sitio web y presencia en internet, gestión de redes sociales, comercio electrónico
- La gestión de clientes
- Servicios y herramientas de oficina virtual
- Inteligencia empresarial y analítica
- Gestión de procesos, factura electrónica
- Comunicaciones seguras, ciberseguridad
- Y las dos nuevas soluciones de digitalización que se añadieron con la modificación de la orden de bases: presencia avanzada en internet y marketplace.
El plazo se ha abierto el 20 de octubre a través de la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es ). El plazo para presentar las solicitudes se mantendrá abierto durante 12 meses.
MÁS INFORMACIÓN: Extremadura Empresarial
SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR LA INICIATIVA EMPRESARIAL POR PARTE DE PERSONAS JÓVENES CON TITULACIÓN UNIVERSITARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR O CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD NIVEL 3 – DIPUTACIÓN DE BADAJOZ
Finalidad
La concesión de subvenciones para el emprendimiento o la consolidación de nuevas iniciativas empresariales en la provincia de Badajoz, por parte de personas jóvenes empadronadas en esta provincia, con titulación universitaria o en formación profesional de grado superior, o, alternativamente, con certificado de profesionalidad nivel 3.
Se considerarán gastos subvencionables aquellos de naturaleza inventariable consistentes en la adquisición de los tipos de equipamiento que se detalla posteriormente, para su empleo de forma indubitada en la actividad de la empresa, adquiridos y pagados desde la fecha de alta en el RETA o de inscripción en el registro mercantil o de sociedades cooperativas, hasta el 30 de noviembre de 2022.
Se tratará de inversiones en elementos nuevos, directamente relacionados con la actividad de la empresa, que no se hayan cedido a terceros, con o sin contraprestación, y que no hayan sido fabricados por la propia empresa solicitante.
Los tipos de gastos subvencionables serán, exclusivamente, los siguientes:
- Aplicaciones informáticas.
- Maquinaria y equipos
- Utillaje
- Mobiliario
- Equipos para procesos de información
Destinatarios
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas que emprendan o hayan emprendido nuevas iniciativas empresariales, a ubicar o ubicadas en la provincia de Badajoz, y que cumplan los siguientes requisitos:
- a) Personas físicas
- Haber iniciado una actividad económica con su correspondiente alta en el Régimen especial de trabajadores autónomos o en aquel que legal o estatutariamente le corresponda, con fecha de alta a partir del 1 de enero de 2022 y anterior a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
- No haber ejercido una actividad económica como persona trabajadora autónoma en los tres meses anteriores al alta a la que se refiere el punto anterior.
- No haber obtenido en el pasado otras subvenciones de Diputación para la misma finalidad.
- Tener menos de 35 años, en la fecha de presentación de su solicitud.
- Estar en posesión de una titulación universitaria, de formación profesional de grado superior o de un certificado de profesionalidad de nivel 3, en la fecha de presentación de su solicitud.
- Estar empadronada/o en algún municipio de esta provincia, con una antigüedad de al menos 3 meses anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
- Tener domiciliada la actividad y el centro operativo en la provincia de Badajoz.
- b) Personas jurídicas (sociedades de capital o sociedades cooperativas).
- Que el 75% del capital esté a nombre de personas físicas que cumplan los criterios 2 a 5 del punto a) anterior o en las que sean titulares éstos como mínimo del 51% del capital y representen no menos del 67% del número de socios.
- Que se hayan inscrito en el correspondiente registro mercantil o de sociedades cooperativas a partir del 1 de enero de 2022 y antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
- Que tengan establecido su domicilio social y el de la actividad en un municipio de la provincia de Badajoz.
- Que ninguno de los socios haya obtenido en el pasado otras subvenciones de Diputación para establecerse como autónomos.
En ambos casos serán también requisitos para obtener la condición de beneficiaria/os la/os siguientes:
- No estar incursa/o en la prohibición para obtener la condición de beneficiaria/o a que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- No ser beneficiaria/o de ninguna otra subvención concedida por esta Diputación para la misma actividad.
No podrán solicitar estas subvenciones las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, carentes de personalidad jurídica propia, ni aquellas personas dadas de alta en el RETA como familiar colaborador/a de un empresario/a autónomo/a.
Plazo de presentación
Hasta el 4 de octubre de 2022 (incluido)
Cuantía
La ayuda consistirá en una asignación a fondo perdido de hasta 12.000,00 € de aportación de Diputación por persona trabajadora autónoma o empresa, asociada a la realización y justificación de un proyecto de gastos subvencionables de importe mínimo 1,25 veces superior a la subvención concedida. La diferencia se financiará bien con fondos propios del solicitante, bien con otras posibles ayudas recibidas de otras administraciones, pero teniendo en cuenta en este último caso lo recogido en la Base 5 en el sentido de que la suma de los distintos tipos de ayudas no puede superar el valor de mercado de esas acciones.