AYUDAS PARA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR ARTESANO DE EXTREMADURA

Finalidad

La presente ayuda tiene por finalidad la mejora de la competitividad de la pequeña y mediana empresa artesana de Extremadura, con vistas a reforzar su crecimiento sostenible, a través de la mejora de los procesos de producción, la implementación de soluciones tecnológicas avanzadas y el incremento de la eficiencia energética.

Destinatarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y jurídicas, incluyendo las comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, que se encuentren inscritas en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

 Además, Podrán ser también beneficiarios los nuevos artesanos, entendiendo como tales, los que, no estando inscritos en dicho Registro, hubiesen solicitado la inscripción en el mismo con anterioridad a la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes, en los términos y condiciones establecidos en Decreto.

  • Actividades subvencionables.

Las actividades subvencionables serán las siguientes:

  1. Inversiones para la mejora de la eficiencia y de los procesos de producción en los talleres artesanos.

Serán subvencionables las siguientes categorías de gastos:

a) La reforma, modernización, acondicionamiento y ampliación de talleres artesanos existentes, incluyendo el traslado de los locales de producción siempre y cuando implementen algunas de las medidas citadas en los apartados b y c siguientes.

b) La introducción de sistemas de control numérico, así como soluciones integrales en eficiencia energética, digitalización y automatización de procesos productivos.

c) Inversiones tendentes a la optimización del consumo energético en los talleres, así como de la mejora de la eficiencia energética en los procesos productivos, incluida la adopción de medidas para la reducción de la huella de carbono.

d) La adquisición de equipamiento, maquinaria, herramientas y utillaje más eficientes.

e) La adecuación y equipamiento de las instalaciones productivas, mejora de la organización del trabajo, de las operaciones y de los procesos logísticos internos.

f)  Los equipos y aplicaciones de diseño.

  1. Mejora de las condiciones de gestión y comercialización de los productos artesanos

Serán subvencionables las siguientes categorías de gastos:

a) Inversiones tendentes a la optimización del consumo energético en las salas de comercialización.

b) La adecuación de espacios y locales para salas de comercialización anexas al taller, siempre y cuando implementen las medidas citadas en el apartado anterior.

c) El equipamiento y mobiliario comercial necesario, señalización y rotulación de la sala de venta.

d) Edición de catálogos de productos en cualquier tipo de soporte.

e) Diseño y elaboración y reforma de página web, incluyendo el diseño de catálogos en formato electrónico.

f) La adquisición de software para la mejora de la gestión empresarial y comercial de la empresa artesana.

g) Equipos de gestión de pagos.

Plazo de presentación

Desde: 17/01/2023 Hasta: 16/02/2023

La solicitudes deberán presentarse a través del trámite habilitado para tal fin en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura

Cuantía

Intensidad de la ayuda:

Con carácter general, las ayudas consistirán en una subvención del 60% de los gastos elegibles, aplicada a una inversión máxima subvencionada de  60.000 euros, computada para todas las actividades subvencionables. La intensidad de la ayuda se incrementará acumulativamente:

  1. Un 10 % en el caso de jóvenes artesanos.
  2. Un 5 % en el caso de mujeres artesanas.

A estos efectos, se entenderá por:

  1. Joven artesano, aquella persona física que tenga menos de 40 años en el momento de la publicación de la convocatoria.
  2. Mujer artesana, la mujer que desarrolla una actividad artesana de forma principal en un taller artesano.

Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

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