Ayudas

LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ PUBLICA EN EL BOP LA CONVOCATORIA PARA ASOCIACIONES QUE DESARROLLEN PROYECTOS DE ACCIÓN SOCIAL DURANTE EL 2024

El pasado día 21 de febrero el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz publicó las bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de acción social en la provincia de Badajoz, durante el ejercicio económico 2024.

El plazo de solicitudes termina el 21 de marzo de 2024. Según se recogen en las bases, en ambos casos se tramitarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de Diputación de Badajoz y deberán, por tanto, realizarse con certificado digital de representación de la Entidad emitido a favor del representante legal de la misma.

27-febrero-2024|

LA JUNTA DE EXTREMADURA PUBLICA UNA GUÍA ACTUALIZADA DE RECURSOS PARA INVERTIR EN EXTREMADURA

La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital ha publicado una guía actualizada en la que se encuentra información básica de las principales ayudas y subvenciones públicas, suelo industrial y otros recursos de ámbito nacional para la puesta en marcha y crecimiento de tu proyecto empresarial en Extremadura.

19-febrero-2024|

INFORMACIÓN DE LAS AYUDAS CONSOLIDAPYME QUE HABRÁ UNA JORNADA INFORMATIVA EL 9 DE FEBRERO EN MÉRIDA

Ya puedes solicitar las ayudas Consolidapyme.
Jornada informativa 9 de febrero en Mérida.

Si eres autónomo o empresa te ayudamos a invertir en tu negocio. Las Ayudas Consolidapyme te ofrecen una subvención a fondo para proyectos dirigida al crecimiento de empresas en un centro productivo Extremadura.
La subvención cubre el 80% de los gastos subvencionables de proyectos para:

JORNADA INFORMATIVA. 9 de febrero en Mérida

Si quieres tener información de primera mano te invitamos a participar en la jornada informativa que celebraremos el 9 de febrero en Mérida. Puedes ampliar información e inscribirte en nuestra web: extremaduraempresarial.es
Si necesitas que te asesoremos para realizar tu solicitud puedes pedir una cita en nuestros Puntos de Acompañamiento Empresarial.
1-febrero-2024|

CONSOLIDAPYME: PROGRAMA PARA LA CONSOLIDACIÓN Y CRECIMIENTO DE LA PYME EXTREMEÑA A TRAVÉS DE SU MEJORA COMPETITIVA

Finalidad

Es una subvención a fondo perdido para financiar proyectos empresariales relacionados con: Ayudas para mejorar los procesos productivos Ayudas para implantar y certificar normas y sistemas de gestión Ayudas para herramientas tecnológicas avanzadas Ayudas ECOPYME para la transición de las empresas a la economía verde y circular Ayudas para el desarrollo de nuevos productos y diseño de envases y embalajes.

Destinatarios

Pymes con centro productivo en Extremadura, de cualquier forma jurídica, incluido  autónomos, comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica.

Recuerda que para determinadas líneas de ayudas, se exigirá que la empresa cuente con un mínimo de plantilla media de trabajadores en Extremadura.

* Exclusiones:

  • Los sectores de acuicultura, pesca, producción primaria de productos agrícolas, (Reglamento UE nº 1407/2013).
  • Las actividades relacionadas con juegos de azar y apuestas, actividades financieras y a la fabricación, transformación y comercialización de tabaco o de productos para la industria tabaquera.

Plazo de presentación

Desde: 19/01/2024 Hasta: 18/04/2024

Requisitos

Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir las siguientes obligaciones:

1. Ejecutar el proyecto objeto de la ayuda y destinar la misma a la finalidad para la que ha sido concedida, en la forma, condiciones y plazos establecidos.

2. Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de la finalidad de la ayuda, en el plazo establecido para ello.

3. Aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión.

4. Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el órgano concedente, en su caso, así como a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida.

5. Comunicar al órgano concedente la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, así como la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración o ente público, nacional o internacional. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación del destino dado a los fondos percibidos.

6. Hacer constar la cofinanciación de la Comunidad Autónoma de Extremadura y del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), incluyéndose el logotipo de ambas en las medidas de difusión llevadas a cabo por la entidad beneficiaria.

7. Conservar la documentación original de la justificación de la subvención, incluidos los documentos electrónicos, durante un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación en los términos del artículo 82 del Reglamento (UE) número 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

8. Mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones relacionadas con las operaciones objeto del proyecto subvencionado, sin perjuicio de disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

9. Cumplir con la normativa medioambiental que resulta aplicable por razón de la actividad de la empresa.

10. Cualquier otra obligación prevista en el texto de este decreto, en la resolución de concesión de ayudas y en la Ley 6/2011, de 23 de marzo.

Mantenimiento de la actividad y del proyecto:

Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados a mantener en Extremadura tanto la actividad de su empresa, como la operatividad del proyecto subvencionado, durante al menos tres años consecutivos, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de liquidación de la ayuda.

El incumplimiento de este requisito dará lugar a la revocación de la ayuda concedida. En los supuestos de incumplimiento de la obligación de mantenimiento de la actividad, el órgano gestor tendrá en cuenta el principio de proporcionalidad en la determinación de la parte de ayuda a devolver por el beneficiario, siendo el importe a reintegrar directamente proporcional al tiempo transcurrido desde la presentación de la solicitud de liquidación hasta el cese de la actividad, siempre y cuando haya transcurrido al menos el 60% del total del periodo de mantenimiento de la actividad. Si no se alcanza dicho porcentaje procederá la revocación y reintegro total de la ayuda.

Cuantía

LÍNEA 1. Ayudas para mejorar los procesos productivos

¿En qué consiste?

Esta ayuda te permite implantar mejoras y eliminar procesos ineficientes, excesos de tiempo, sobreproducciones, tareas innecesarias, o reducir gastos.  Para ello podrás contar con una consultora especializada en el análisis empresarial para evaluar el estado actual de tus procesos.

Te subvencionamos proyectos dirigidos a la reorganización y optimización de los procesos productivos, organizacionales y/o de gestión basados en las metodologías Lean o en cualquier otra. Dirigidos a:

  • Analizar los procesos de tu empresa y recopilar información sobre su estado actual.
  • Identificar puntos de mejora, flujos de proceso ineficientes, tareas redundantes e innecesarias y Layouts ineficientes.
  • Diseñar mejoras para eliminar pasos que no aportan valor añadido, simplificar o modificar procesos y cambiar procesos lineales por paralelos.
  • Implantar mejoras.

*Requisito: 

Las empresas deben contar con una plantilla media de al menos 10 trabajadores.

En el caso del sector industrial, una plantilla media de al menos 3 trabajadores.

Conceptos subvencionables: Se subvencionan los gastos de consultoría externa especializada, (IVA excluido).

Cuantía

  • Empresa entre 3 y 5 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 6.000 €.
  • Empresa de entre más de 5 y 10 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 15.000 €.
  • Empresa de entre más de 10 y 20 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 25.000 €.
  • Empresa de más de 20 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 30.000 €.

LÍNEA 2. Ayudas para sistemas de gestión y certificaciones

¿En qué consiste?

Ayuda para implantar y certificar cualquier norma reconocida institucionalmente relacionada con:

  • Sistemas de gestión de la calidad, Norma ISO 9001, de gestión medioambiental, Norma ISO 14001 o un sistema integrado de ambas.
  • Sistema de Seguridad y Salud en el trabajo, norma ISO 45001
  • Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI), norma ISO 27001.
  • Sistema de gestión de la I+D+i, norma UNE 166002; y sistema de Vigilancia Tecnológica, norma UNE 166006.
  • Normas o protocolos dirigidos a garantizar la seguridad alimentaria, tales como BRC, IFS, ISO 22000, FSSC 22000, u otros similares.
  • Sistemas de gestión de Compliance, norma UNE 19600, UNE 19601 y UNE 19602.
  • Normas Especificación UNE 0060:2018 y UNE 0061:2019 de sistemas de gestión para la digitalización.
  • UNE EN ISO 19650 BIM: Gestión de la información.
  • ISO 13485 Productos Sanitarios.
  • ISO 14046 Huella hídrica/Huella de Agua.
  • UNE EN ISO 50001 Gestión Energética.
  • Acreditación conforme a los estándares de carácter internacional basados en las normas ISO del cálculo de la Huella de Carbono a los efectos de medir la emisión de los Gases de Efecto Invernadero (GEI).
  • Obtención de la calificación en materia de Responsabilidad Social Empresarial.
  • Cualquier otra norma reconocida institucionalmente que venga referida a alguno de los ámbitos indicados.

*Exclusiones: Adaptaciones de normas, implantación de normas ya subvencionadas en los 5 años anteriores.

Conceptos subvencionables: Se subvencionan los gastos de consultoría externa especializada para implantación y gastos de certificación realizada por entidad acreditada, (IVA excluido).

Cuantía

  • 80% de la inversión subvencionable con un límite de 6.000€ por norma o sistema.
  • 80% de la inversión subvencionable con un límite de 9.000€, si el proyecto contempla la implantación de dos o más normas que integren procesos comunes.

Excepción: 80% de la inversión subvencionable con límite de 4.000€ para la Norma ISO 9001 o la Norma ISO 14001. En el caso de que sea una implantación integrada de ambas normas el límite es 6.000€.

LÍNEA 3. Ayudas para herramientas tecnológicas avanzadas

¿En qué consiste?

Ayuda para desarrollar e implantar soluciones tecnológicas avanzadas para mejorar la eficiencia y optimización en la gestión de los procesos de una empresa.

  • Herramientas ERP, CRM, SCM, MES, PLM, PDM, PPS, PDA, MDC¿
  • BIM para proyectos de  construcción.
  • Sistema de gestión automatizada de almacenes.
  • Adopción de paneles de mando integrales y analítica avanzada (BI).
  • Adopción de gemelos digitales.
  • Proyectos basados en la realidad aumentada y realidad virtual (AR/VR).
  • Entornos de inteligencia para el fomento de la compra presencial en establecimientos comerciales.
  • Sistemas de reto logístico y aplicación de tecnología de cadena de suministro inteligente.
  • En general, cualquier tipo de desarrollo a medida de proyectos de Inteligencia Artificial, o soluciones de digitalización para la mejora de la competitividad.

*Requisito: Las empresas solicitantes deberán contar con una plantilla media de al menos 3 trabajadores.

Conceptos subvencionables: Te subvencionamos los gastos de:

  • Consultoría especializada para implantar la solución tecnológica, incluido, en su caso, la formación asociada.
  • Gastos de contratación de servicios de alojamiento en la nube, por un período máximo de 12 meses.
  • Adquisición de licencias, o suscripción hasta 12 meses.
  • Adquisición de herramientas hardware específico y de uso exclusivo y necesario para el proyecto.

Cuantía

  • Empresa entre 3 y 10 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 15.000 €.
  • Empresa de entre más de 10 y 20 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 20.000 €.
  • Empresa de más de 20 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 25.000 €.

LÍNEA 4. Ayudas ECOPYME para la transición de las empresas a la economía verde y circular

¿En qué consiste?

Ayudas dirigidas a empresas del sector industrial y de la construcción para realizar proyectos que favorezcan la transición a la economía circular de procesos y/o productos. Se incluye la realización de análisis y de ensayos de materiales y residuos.

Proyectos que tengan por objeto:

  • Reducir el consumo de materias primas en el proceso productivo,
  • Reducir el consumo de cualquier otro tipo de recurso productivo, incluidos los energéticos.
  • Reducir la generación de residuos en el proceso productivo, la peligrosidad de los mismos, facilitar su reutilización o reciclaje.
  • Utilizar subproductos en el proceso productivo en sustitución de materias primas.
  • Identificar oportunidades de negocio que persigan la reutilización y reparación de productos y los servicios de retorno de productos usados con el fin de reutilizarlos.
  • Recuperar recursos a través de la minería de vertederos.

El estudio debe contener obligatoriamente propuestas de actuación concretas y cuantificadas económicamente, así como una previsión de los resultados ambientales de su aplicación.

*Requisitos: 

  • Las empresas deberán desarrollar una actividad cuyo CNAE corresponda al Grupo C (Industria Manufacturera) o al Grupo D (Construcción).
  • Las empresas deberán contar con una plantilla media de, al menos 10 trabajadores, asociados al código de actividad subvencionable.

Conceptos subvencionables

Te subvencionamos los gastos de:

  • Colaboraciones externas, por parte de consultoras, centros tecnológicos o cualquier entidad especializada.
  •  Los costes de análisis y ensayos técnicos directamente relacionados con la calidad ambiental del producto o servicio y/o de sus prestaciones técnicas y ambientales.

Cuantía

80 % para colaboraciones externas, con un límite de 15.000 €.

LÍNEA 5. Ayudas para el desarrollo de nuevos productos y diseño de envases y embalajes

Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

19-enero-2024|

AYUDA PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO ESPECIALIZADO EN COMERCIO EXTERIOR

Finalidad

Tiene como finalidad el establecimiento de un régimen de ayudas para la contratación de técnicos de comercio exterior por parte de la empresa extremeña exportadora, siendo el hecho subvencionable la celebración del contrato.

Destinatarios

Podrán ser destinatarios  de las ayudas reguladas en el presente decreto, las personas físicas y jurídicas que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa, que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Plazo de presentación

Desde: 18/01/2024 Hasta: 18/06/2024

El contrato deberá haber sido celebrado antes de la presentación de la solicitud de ayuda, bien dentro del periodo de admisión de solicitudes, bien dentro de los 6 meses previos al inicio de dicho periodo.

Requisitos

Para poder acceder a las ayudas reguladas en este decreto, los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Deberán desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación o de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios.
  2. El puesto de trabajo por el que se solicita la subvención deberá radicar en centros de la empresa beneficiaria dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura, hasta el fin del periodo de obligaciones.

condiciones de elegibilidad:

1. El hecho subvencionable será la celebración del contrato, siempre y cuando responda a las siguientes condiciones y características:

a) Sea celebrado con personas que cumpliendo las condiciones específicas de subvencionabilidad establecidas en el artículo 6, además:

– Estuvieran desempleadas al día de la contratación.
– No hubieran prestado servicios en los seis meses anteriores, mediante contratos de duración determinada durante un período,
continuo o discontinuo, superior a 30 días efectivamente trabajados según vida laboral, en la misma empresa contratante o vinculadas.

b) Tenga carácter indefinido y a jornada completa.

c) Tenga un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.

d) Esté encuadrado en el grupo de cotización acorde a la titulación de la persona contratada, conforme a las siguientes correspondencias:

– Ingenieros, licenciados universitarios o grados equivalentes: Grupo I.
– Ingenieros técnicos, diplomados universitarios o equivalente: Grupo II.
– Formación profesional de grado superior: Grupo III.

e) No se encuentre en algunas de las situaciones de exclusión que figuran en el artículo 7.

2. El contrato deberá haber sido celebrado antes de la presentación de la solicitud de ayuda, bien dentro del periodo de admisión de solicitudes, bien dentro de los 6 meses previos al inicio de dicho periodo.

3. El contrato celebrado deberá haber sido registrado y comunicado al Servicio Estatal de Empleo.

Condiciones específicas de subvencionabilidad:

1. Se establecen las siguientes condiciones específicas de elegibilidad que deberán cumplir las personas contratadas:

a) Poseer Título Universitario o de Formación Profesional de Grado Superior oequivalente.

b) Acreditar el dominio de un idioma distinto del castellano y de otras lenguas cooficiales del Estado español, bien porque sea su lengua materna, o por estar en posesión de un certificado de nivel B1 o superior del Marco Europeo de las Lenguas Extranjeras, o equivalente.

c) Acreditar una formación mínima en comercio exterior de 120 horas y/o una experiencia en este ámbito de, al menos, 6 meses.

2. Las condiciones de elegibilidad deberán también ser cumplidas por los sustitutos del técnico contratado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 del presente Decreto.

Cuantía

Las ayudas consistirán en una subvención no reembolsable por importe de 30.000 euros que será abonada en tres anualidades de 12.000, 10.000 y 8.000 euros, respectivamente, para el primer, segundo y tercer año de contratación.

Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

18-enero-2024|

AYUDA PARA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR ARTESANO

Finalidad

La presente ayuda tiene por finalidad la mejora de la competitividad de la pequeña y mediana empresa artesana de Extremadura, con vistas a reforzar su crecimiento sostenible, a través de la mejora de los procesos de producción, la implementación de soluciones tecnológicas avanzadas y el incremento de la eficiencia energética.

Destinatarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y jurídicas, incluyendo las comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, que se encuentren inscritas en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Además, Podrán ser también beneficiarios los nuevos artesanos, entendiendo como tales, los que, no estando inscritos en dicho Registro, hubiesen solicitado la inscripción en el mismo con anterioridad a la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes, en los términos y condiciones establecidos en Decreto.

  • Actividades subvencionables.

Las actividades subvencionables serán las siguientes:

  1. Inversiones para la mejora de la eficiencia y de los procesos de producción en los talleres artesanos.

Serán subvencionables las siguientes categorías de gastos:

a) La reforma, modernización, acondicionamiento y ampliación de talleres artesanos existentes, incluyendo el traslado de los locales de producción siempre y cuando implementen algunas de las medidas citadas en los apartados b y c siguientes.

b) La introducción de sistemas de control numérico, así como soluciones integrales en eficiencia energética, digitalización y automatización de procesos productivos.

c) Inversiones tendentes a la optimización del consumo energético en los talleres, así como de la mejora de la eficiencia energética en los procesos productivos, incluida la adopción de medidas para la reducción de la huella de carbono.

d) La adquisición de equipamiento, maquinaria, herramientas y utillaje más eficientes.

e) La adecuación y equipamiento de las instalaciones productivas, mejora de la organización del trabajo, de las operaciones y de los procesos logísticos internos.

f)  Los equipos y aplicaciones de diseño.

  1. Mejora de las condiciones de gestión y comercialización de los productos artesanos

Serán subvencionables las siguientes categorías de gastos:

a) Inversiones tendentes a la optimización del consumo energético en las salas de comercialización.

b) La adecuación de espacios y locales para salas de comercialización anexas al taller, siempre y cuando implementen las medidas citadas en el apartado anterior.

c) El equipamiento y mobiliario comercial necesario, señalización y rotulación de la sala de venta.

d) Edición de catálogos de productos en cualquier tipo de soporte.

e) Diseño y elaboración y reforma de página web, incluyendo el diseño de catálogos en formato electrónico.

f) La adquisición de software para la mejora de la gestión empresarial y comercial de la empresa artesana.

g) Equipos de gestión de pagos.

Plazo de presentación

Desde: 16/01/2024 Hasta: 15/02/2024

Requisitos

Es requisito estar inscrito o haber presentado solicitud al Registro de artesanos y empresas artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Más información en la web:

Registro de artesanos y empresas artesanas – JUNTAEX

Cuantía

Intensidad de la ayuda:

Con carácter general, las ayudas consistirán en una subvención del 60% de los gastos elegibles, aplicada a una inversión máxima subvencionada de  60.000 euros, computada para todas las actividades subvencionables. La intensidad de la ayuda se incrementará acumulativamente:

  1. Un 10 % en el caso de jóvenes artesanos.
  2. Un 5 % en el caso de mujeres artesanas.

A estos efectos, se entenderá por:

  1. Joven artesano, aquella persona física que tenga menos de 40 años en el momento de la publicación de la convocatoria.
  2. Mujer artesana, la mujer que desarrolla una actividad artesana de forma principal en un taller artesano.

Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

17-enero-2024|

AYUDA PARA LA MODERNIZACIÓN DE EMPRESAS DE TRANSPORTE DE VIAJEROS Y MERCANCÍAS

Información de ayudas para la modernización de empresas de transporte de viajeros y mercancías. Estas ayudas se pueden solicitar hasta junio de 2024 subvenciones para modernización.

La convocatoria de concesión directa de subvenciones tiene como beneficiarios a las personas físicas o jurídicas que sean titulares de una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 toneladas de masa máxima, identificada con la clave MDPE, de una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE, o de transporte privado complementario de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 toneladas de masa máxima, identificada con la clave MPCE.

También se pueden acoger a estas subvenciones quienes sean titulares de una autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús con la clave VPCE, y las empresas privadas que presten el servicio público de transporte urbano en autobús y estuvieran exentas de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Las acciones subvencionables serán la gestión de documentos de control electrónicos, el sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación, la integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión, la implantación de sistemas TMS/ERP y de sistemas SAE, la actualización de sistemas SAE, las ayudas para la digitalización de los servicios de transporte de viajeros, la implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios electrónicos, y la mejora de sistemas de ticketing.

El plazo de solicitud de estas ayudas permanece abierto hasta el 30 de junio de 2024.

La cuantía de la convocatoria para el año 2024 es de  1.670.020 euros.

8-enero-2024|

AYUDA PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA EXTREMEÑA

Finalidad

Las ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior destinadas a la pequeña y mediana empresa extremeña, dirigidas a fomentar su internacionalización y fortalecer sus capacidades digitales en la dirección de los mercados exteriores.

Destinatarios

Personas físicas y jurídicas que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa y que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. También serán beneficiarios las asociaciones empresariales, así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

Plazo de presentación

Desde: 16/11/2023 Hasta: 30/09/2024

Requisitos

Ejercer una actividad económica en Extremadura.

Cuantía

  • Intensidad de la ayuda.

Con carácter general, las ayudas consistirán en una subvención del 75% de los gastos elegibles, a excepción de las actividades de participación en ferias comerciales de carácter internacional, tanto de manera presencial como virtual, y de consultoría para la internacionalización digital y posicionamiento orgánico SEO internacional, en las que la intensidad de ayuda será de 50% de los gastos elegibles.

El importe máximo de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario por convocatoria no podrá exceder de 30.000 euros.

Las ayudas se encuentran cofinanciadas en un 85 % por parte de la Unión Europea, a través de fondos FEDER.

Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

20-noviembre-2023|

INFORMACIÓN SOBRE LA NOVEDAD DE LAS AYUDAS AL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO, LA TARIFA 0

El Ayuntamiento de Oliva de la Frontera traslada la información que llega desde el SEXPE acerca de la novedad de las ayudas al fomento del autoempleo, con la Tarifa 0.

A través del Decreto-Ley 4/2023, publicado el pasado 15 de septiembre, se aprueban medidas urgentes para:

  •       Reducir la carga tributaria soportada por contribuyentes
  •       Ampliar ayudas al acogimiento familiar
  •       Incremento de ayudas a los nuevos autónomos
  •       Concesión de ayudas directas a los productores de cerezas

Este decreto incluye una modificación del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III y IV, para el periodo 2023-2024.

Esta modificación consiste en una subvención de 960 euros que incrementará el importe correspondiente a las personas solicitantes de la ayuda del Programa I: Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.

Con la llamada Tarifa 0, se pretende que aquellas personas autónomas que inicien su actividad puedan afrontar el coste del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, se les bonificará el 100% de sus cotizaciones sociales.

Esta medida tiene carácter retroactivo para todas aquellas personas autónomas que hayan sido beneficiarias en la convocatoria 2023-2024, de la ayuda del Programa I. Se les reconocerá de oficio el incremento de 960 euros sobre lo ya recibido.

Se adjunta a este mail una infografía en formato pdf y jpg, con la información relevante de esta medida. Pueden compartirla, si así lo desean, en sus páginas web y redes sociales.

Además, en el siguiente enlace se puede encontrar información detallada de la Tarifa 0, los teléfonos y mails de contacto para dudas y preguntas. https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ayudas/autoempleo_establecimiento_autonomos

11-octubre-2023|

LA OFICINA ACELERA PYME INFORMA SOBRE AYUDAS A LA DIGITALIZACIÓN Y SUBVENCIONES PARA EXPLOTACIONES AGRARIAS, SOCIEDADES CIVILES Y COMUNIDADES DE BIENES DE FORMA GRATUITA.

La Confederación Regional de Empresarios de Extremadura dispone de la Oficina Acelera Pyme en Almendralejo para los autónomos/as, microempresas o pymes de la localidad.

Desde la Oficina central, adscrita al Ministerio de asuntos económicos y transformación digital, se les ha encomendado INFORMAR SOBRE LAS NUMEROSAS AYUDAS A LA DIGITALIZACIÓN de las empresas/autónom@s con cargo a los fondos europeos. También, llegado el caso, asesorarían y acompañarían en el proceso a tod@s aquell@s que lo necesitaran. Este año se ha aprobado también ayudas y subvenciones para EXPLOTACIONES AGRARIAS, SOCIEDADES CIVILES y COMUNIDAD DE BIENES.
Todos sus servicios son ABSOLUTAMENTE GRATUITOS. Desde la oficina tienen la intención de llegar a todas las pequeñas localidades de las diferentes mancomunidades de Extremadura, que estos sus empresarios tengan, al menos, acceso a la información. El correo de contacto para consultas es el siguiente: oap-almendralejo@creex.es
9-octubre-2023|
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