Ayudas

AYUDAS DESTINADAS AL FOMENTO DEL EMPLEO PARA BENEFICIARIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL CONVOCADAS POR LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ

Finalidad

Subvenciones destinadas a fomentar la creación de empleo a través de ayudas a las empresas para la contratación de jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, así como a apoyar el desarrollo de nuevas actividades empresariales y/o profesionales llevadas a cabo por los jóvenes beneficiarios de dicho Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Beneficiarios

Beneficiarios línea 1 – Ayudas a la contratación.

En caso de la línea 1 (ayudas a la contratación) se entenderá dentro del concepto de empresa, a efectos de lo establecido por la presente convocatoria, a asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes y sociedades civiles, a fundaciones, federaciones, confederaciones y cualquier otro tipo de organización que no responda a un modelo de naturaleza estrictamente empresarial, que se encuentren dadas de alta en el IAE y tengan actividad económica o empresarial.

Podrán solicitar las ayudas aquellas empresas que, desde el momento de entrada en vigor de la convocatoria y hasta el 29 de diciembre de 2017, hayan formalizado un contrato con jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que consten en dicho Sistema como beneficiarios en el momento de la contratación y que, en el marco del PICE, hayan finalizado la orientación vocacional dentro del Plan de Capacitación.

También podrán solicitar las ayudas aquellas empresas que hayan formalizado un contrato en las mismas condiciones en fecha anterior a la entrada en vigor de la convocatoria, siempre que dicho contrato se encuentre vigente en el momento de presentación de la solicitud.

Beneficiarios línea 2 – Ayuda a emprendedores.

Podrán solicitar las ayudas aquellos jóvenes (personas físicas) que desde el momento de entrada en vigor de la convocatoria y hasta el 29 de diciembre de 2017 se den de Alta en el IAE y en el RETA. Asimismo deberán haber finalizado al menos la fase de orientación vocacional dentro del Plan de Capacitación en el marco del PICE, y constar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil como beneficiarias tanto en el momento del alta en el IAE y como en el RETA.

También podrán solicitar las ayudas aquellas personas físicas que se hayan dado de Alta en el IAE y en el RETA en fecha anterior a la entrada en vigor de la convocatoria, siempre que dichas altas se encuentren vigentes en el momento de presentación de la solicitud.

Plazo de presentación

Concluirá el 29 de diciembre de 2017 o hasta agotar la disponibilidad presupuestaria asociada a la presente convocatoria.

Cuantía

Las ayudas objeto de concesión se articulan en dos líneas destinadas por un lado a incentivar y fomentar la contratación de jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y, por otro lado, a incentivar la puesta en marcha de nuevas actividades empresariales y/o profesionales por jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Línea 1 – Ayudas a la contratación.

El importe de la subvención concedida por cada contratación realizada será de 1.500,00 €, no pudiendo ser en ningún caso superior.

La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de la misma sean beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en los términos previstos en la normativa estatal que lo regula, y que al menos hayan finalizado la orientación vocacional dentro del Plan de Capacitación del PICE.

La tipología de contratos subvencionables es contratos temporales, en prácticas, para la formación y el aprendizaje o indefinidos siempre a tiempo completo.

No tendrán la consideración de subvencionables los contratos formalizados con personas que hubieran tenido alguna relación laboral con el beneficiario/a o empresa vinculada en los seis meses anteriores al de la formalización del contrato presentado en el marco de la presente convocatoria de ayudas.

Cualquiera que sea la tipología de contrato elegida, se deberá garantizar un mantenimiento mínimo del empleo durante al menos los seis primeros meses, a contar desde la firma del contrato.

En todo contrato que se firme al amparo de esta convocatoria debe incluirse una referencia a la cofinanciación del mismo por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020.

Línea 2 – Ayuda a emprendedores.

La puesta en marcha de una nueva actividad empresarial y/o profesional llevada a cabo por jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil recibirá una ayuda económica de 1.800,00 €, no pudiendo ser en ningún caso superior.

La puesta en marcha de la nueva actividad empresarial y/o profesional deberá de llevarse a cabo por jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que hayan finalizado la orientación vocacional dentro del Plan de Capacitación del PICE, ya sea como persona física que en nombre propio desarrolla la actividad, o mediante su participación, como socio, comunero o similar, en una persona jurídica o entidad en régimen de atribución de rentas. Se excluyen, en este caso, las meras aportaciones de capital. En este caso, además, solo podrá otorgarse una única ayuda por actividad empresarial y/o profesional, con independencia de que en la misma participe más de un joven que reúna los requisitos señalados.

A los efectos de la presente convocatoria, no será compatible el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos con el alta simultánea en otros Regímenes de la Seguridad Social.

Cualquiera que sea la forma jurídica en que la nueva actividad empresarial y/o profesional hubiera iniciado su actividad, esta deberá permanecer en situación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y en el régimen especial de trabajadores autónomos durante un mínimo de 12 meses.

25-noviembre-2017|

INCENTIVOS PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL MERCADO ORDINARIO DE TRABAJO

Fin plazo vigencia convocatoria publicado en DOE 21/11/2017

Finalidad

Favorecer la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo a través de los siguientes programas:

Programa I: Subvenciones para la contratación indefinida de las personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias o la incorporación de trabajadores con discapacidad como socios trabajadores en caso de Sociedades Cooperativa de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales.

Programa II: Subvenciones para la contratación indefinida por empresas ordinarias de personas con discapacidad con especiales dificultades de integración laboral procedentes de los enclaves laborales.

Programa III: Subvenciones destinadas a la transformación de contratos temporales en indefinidos celebrados con personas con discapacidad.

Programa IV: Subvenciones para la contratación temporal de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias.

Programa V: Subvenciones para la adaptación del puesto de trabajo, dotación de medios de protección personal o eliminación de barreras arquitectónicas.

Destinatarios

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, los/las profesionales colegiados/as y empresas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que, en su condición de empleadores y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos, realicen contrataciones de personas con discapacidad. Asimismo podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que, cumpliendo los requisitos y condiciones previstos en cada caso, realicen contrataciones de personas con discapacidad.

Plazo de presentación

Periodo de vigencia de la convocatoria: 21 de noviembre de 2017.

Para las contrataciones y transformaciones realizadas durante el período de vigencia de la convocatoria las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, contado a partir de la fecha de inicio de la contratación o de la transformación objeto de los beneficios regulados en la presente norma.

Para las adaptaciones al puesto de trabajo, dotación de medios de protección personal o eliminación de barreras arquitectónicas, las entidades interesadas deberán solicitar la subvención dentro del plazo de dos meses contados a partir de la fecha de realización efectiva de las mismas. A estos efectos se entenderá por realización efectiva, la fecha de emisión de la factura en firme justificativa de las actuaciones realizadas.

Requisitos

Programa I: Subvenciones a la contratación indefinida de las personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias o la incorporación de personas con discapacidad como personas socias trabajadoras en caso de Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales.

a. Las personas con discapacidad objeto de la contratación por la que se solicita la subvención deberán estar desempleadas.

Programa II: Subvenciones para la contratación indefinida por empresas ordinarias de personas con discapacidad con especiales dificultades de integración laboral procedentes de los enclaves laborales.

a. Haber suscrito un contrato de enclave laboral con un Centro Especial de Empleo.

b. Acreditar que se ha comunicado el contrato del enclave al Servicio Extremeño Público de Empleo.

c. Haber realizado una o varias contrataciones con carácter indefinido de personas con discapacidad procedentes del enclave laboral, contratación que deberá realizarse sin solución de continuidad y transcurridos al menos tres meses desde el inicio del enclave o desde la incorporación de la persona trabajadora si ésta fuera posterior al inicio del enclave.

Programa III: Subvenciones destinadas a la transformación de contratos temporales en indefinidos celebrados con personas con discapacidad.

a. La transformación de los contratos temporales deberá realizarse, en todo caso, antes del vencimiento del contrato objeto de transformación o sus prórrogas, si las hubiere, o bien al día siguiente del vencimiento de éste.

b. La jornada del nuevo contrato indefinido deberá ser al menos igual o superior a la del contrato temporal que se transforma.

Programa IV: Subvenciones para la contratación temporal de personas con discapacidad en empresas ordinarias.

a. Las personas con discapacidad objeto de la contratación por la que se solicita la subvención deberán estar desempleadas.

c. La duración del contrato de trabajo subvencionado será de al menos, doce meses.

Programa V: Subvenciones para la adaptación del puesto de trabajo, dotación de mediosde protección personal o eliminación de barreras arquitectónicas.

a. Se deberá justificar la necesidad de la adaptación del puesto de trabajo, dotación demedios de protección personal y/o eliminación de barreras arquitectónicas y contar conel informe favorable de la Inspección de Trabajo.

b. Las personas con discapacidad objeto de la subvención deberán haber sido contratadas con un contrato indefinido o temporal y estar en situación de alta en Seguridad Social.

Cuantía

La cuantía de las subvenciones será la siguiente, según el programa:

Programa I: La cuantía de la subvención por contratación indefinida a tiempo completo será:

– 8.000 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral.

– 7.500 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el párrafo anterior.

Programa II:  Las empresas colaboradoras que contraten con carácter indefinido a una persona trabajadora del enclave, con discapacidad y que presente especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo tendrán derecho a una subvención de 7.814 euros por cada contrato celebrado a jornada completa. Esta subvención podrá ser destinada por la empresa colaboradora, total o parcialmente, a servicios de apoyo de la persona contratada.

Si la persona contratada no perteneciera a ninguno de los supuestos de especial dificultad de integración en el mercado ordinario de trabajo, la empresa colaboradora tendrá derecho a las subvenciones establecidas para la contratación indefinida de trabajadores discapacitados en empresas ordinarias.

Programa III: La cuantía de la subvención por cada transformación de contratos temporales en indefinidos realizada a jornada completa será:

– 5.000 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral.

– 4.500 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el párrafo anterior.

Programa IV: La cuantía de la subvención, por contratación temporal de al menos doce meses de duración a tiempo completo, será:

– 2.500 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral.

– 2.000 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el párrafo anterior.

Programa V: Se concederá una subvención de 901 euros, destinada a la adaptación de los puestos de trabajo, dotación de medios de protección personal o para eliminar barreras arquitectónicas que dificulten el ejercicio de su actividad laboral, excluyéndose, en todo caso, la adquisición de bienes usados. Dicha cuantía será minorada, en los supuestos de que la contratación sea a tiempo parcial, proporcionalmente a la jornada que figure en el contrato de trabajo.

En el supuesto que la jornada sea a tiempo parcial, las cuantías establecidas en los programas serán minoradas proporcionalmente a dicha jornada.

Las cuantías establecidas en los Programas I, III y IV se incrementarán en un importe de 1.000 euros cuando el puesto de trabajo subvencionado se cree o transforme en localidades de menos de 5.000 habitantes.

Se establece una cuantía adicional para los Programas I, III y IV, independientemente de las características de cada contratación, que consistirá en incrementar en 1.000 euros el máximo de las cuantías que puedan ser concedidas en cada programa cuando se trate de empresas en las que, a fecha de presentación de solicitud, concurra la Cláusula de Responsabilidad Social Empresarial o bien tengan implantados Planes Empresariales de Igualdad de Género, pese a no concurrir la obligación legal.

Esta cuantía se otorgará una única vez para cada empresa beneficiaria y no por cada expediente solicitado.

Información más completa y tramitación de solicitudes:

Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

25-noviembre-2017|

LINEAS DE FINANCIACIÓN DE EXTREMADURA AVANTE

Extremadura Avante, S.L.U. es una empresa pública del Gobierno de Extremadura. Su objeto social es el servicio a los empresarios y al resto de agentes económicos que contribuyan al desarrollo económico y social de Extremadura, y el acompañamiento al Gobierno de Extremadura para la ejecución de su política empresarial.

Extremadura Avante dispone de distintos instrumentos con los que acompañar financieramente la actividad empresarial en la región.

Para ello dispone de diversas líneas de financiación que se adecúan a las especificidades de cada proyecto:

Línea Avante E2i

La Estrategia Estatal de Innovación (E2i) es el marco de actuación de la política del Gobierno de España en materia de innovación para contribuir al cambio de modelo productivo.

La línea E2i tiene como objetivo:

  • Apoyar la inversión e internacionalización de las empresas extremeñas en innovación.
  • Desarrollar sectores estratégicos.
  • Crear empleo tecnológico.

Los proyectos que soliciten financiación por a esta línea, deberán estar calificados por el Área de Innovación de Extremadura Avante, acreditando su marcado carácter innovador.

Esta línea está enfocada a empresas de todos los sectores de la economía extremeña, salvo el inmobiliario y financiero, aunque serán especialmente valorados:

– Agroalimentación.
– Biotecnología.
– Salud.
– TIC’s.
– Recursos Naturales.
– Energías Renovables.

En apoyo de las iniciativas y proyectos empresariales de innovación se ponen en marcha dos fórmulas para facilitar la financiación de estos proyectos:

1. Línea E2i: Capital Riesgo

Con este instrumento se ofrece la participación temporal, directa y minoritaria en el capital social de la empresa, o la formalización de un préstamo participativo que refuerce los fondos propios y el patrimonio neto de las empresas. Estos fondos representarán entre 15% y el 30% del capital aportado por los socios.

Esta línea está destinada a nuevas empresas de base tecnológica (empresa cuya actividad se centra en la explotación de productos o servicios que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora) cuyos proyectos de inversión sean viables, así como a las ya creadas que realicen proyectos de crecimiento, diversificación, expansión o internacionalización de su actividad.

2. Línea E2i: Préstamos

Extremadura Avante pone a disposición del empresario una cartera de préstamos reembolsables como instrumento de apoyo financiero a las empresas que desarrollen su actividad en Extremadura y que pretendan invertir en proyectos de innovación. La cartera de préstamos se articula en diferentes modalidades:

A. MICROCREDITOS: para aquellas operaciones financieras a largo plazo destinadas hacia la iniciación o mejora de actividades empresariales, de muy reducida dimensión (microempresas) con una manifiesta marginalidad de acceso a fuentes de financiación.

CONDICIONES FINANCIERAS GENERALES:

  • Importe no superior a 25.000 Euros.
  • Periodo de concesión mínimo de 36 meses y máximo de 60 meses con hasta 12 meses de carencia.
  • Garantía: en este tipo de préstamos se requerirá el aval de la Sociedad de Garantía Recíproca Extremeña de Avales (Extraval) como garantía de la operación (Sujeto a las condiciones de la sociedad de garantía recíproca).

B. Línea de Financiación a EMPRENDEDORES, para empresas que hayan iniciado su actividad en los dos años anteriores a la fecha de solicitud del préstamo.

CONDICIONES FINANCIERAS GENERALES.

  • Importe: No superior a 25.000 euros.
  • Periodo de concesión mínimo 36 meses y máximo 6 meses con hasta 12 meses de carencia.
  • Garantía: en este tipo de préstamos se requerirá el aval de la Sociedad de Garantía Recíproca Extremeña de Avales (Extraval) como garantía de la operación (Sujeto a las condiciones de la sociedad de garantía recíproca).

C. Línea de Financiación a la INVERSION, asociada a proyectos en su fase de Expansión o Consolidación.

CONDICIONES FINANCIERAS GENERALES.

  • Importe: preferentemente, máximo 200.000 Euros.
  • Periodo de concesión:
    • Modalidad activo fijo: mínimo 36 meses y máximo 84 meses con hasta 12 meses de carencia.
    • Modalidad activo circulante: mínimo 36 meses y máximo 60 meses con hasta 12 meses de carencia.

Será necesario realizar una propuesta que garantice el retorno de los fondos públicos, para lo que se puede contar con el aval de Extraval S.G.R. (Sujeto a las condiciones de la sociedad de garantía recíproca).

Línea Avante Directo

Con esta línea se pretende impulsar el desarrollo económico de la región, acompañando financieramente tanto a proyectos destinados a la iniciación o mejora de actividades empresariales de muy reducida dimensión (microempresas) como a proyectos de crecimiento e internacionalización de la empresa. Esta línea está enfocada a empresas de todos los sectores de la economía extremeña, salvo el inmobiliario y financiero. En apoyo de las iniciativas y proyectos empresariales, se ponen en marcha dos fórmulas para facilitar la financiación de estos proyectos:

1. Línea Avante Directo: Capital Inversión

Con este instrumento se ofrece la participación temporal, directa y minoritaria en el capital social de la empresa, o la formalización de un préstamo participativo que refuerce los fondos propios y el patrimonio neto de las empresas. Estos fondos representarán entre 15% y el 30% del capital aportado por los socios.

2. Línea Avante Directo: Préstamos

Extremadura Avante pone a disposición del empresario una cartera de préstamos reembolsables como instrumento de apoyo financiero a las empresas que desarrollen su actividad en Extremadura. La cartera de préstamos se articula en diferentes modalidades:

A. MICROCREDITOS, aquellas operaciones financieras a Largo Plazo destinadas hacia la iniciación o mejora de actividades empresariales, de muy reducida dimensión (microempresas) con una manifiesta marginalidad de acceso a fuentes de financiación.

CONDICIONES FINANCIERAS:

  • Importe: importe nominal no superior a 25.000 €.
  • Operaciones financieras a Largo Plazo: mínimo 36 meses y máximo 60 meses con hasta 12 meses de carencia.
  • Tramitación y Comisiones de Extremadura Avante: Las operaciones acogidas a esta línea estarán exentas de costes, así como de cualquier penalización por amortización parcial y/o total de las mismas.
  • Aval de Extraval S.G.R. (Sujeto a las condiciones de la sociedad de garantía recíproca).

B. Línea de Financiación a EMPRENDEDORES, asociados a proyectos viables de empresas o empresarios que hayan iniciado su actividad en los dos años anteriores a la fecha de solicitud del préstamo.

CONDICIONES FINANCIERAS:

  • Importe: máximo 60.000 euros.
  • Operaciones financieras a Largo Plazo:
    • Modalidad activo fijo: mínimo 36 meses y máximo 120 meses con hasta 12 meses de carencia.
    • Modalidad Circulante: mínimo 36 meses y máximo 60 meses con hasta 12 meses de carencia.

Se requerirá Garantía que asegure el buen fin de la operación, entre las que se puede contar con el aval de Extraval S.G.R.

C. Línea de Financiación CONSOLIDACIÓN, para activos fijos y circulantes, asociados a unos proyectos viables en fase de Expansión o Consolidación.

CONDICIONES FINANCIERAS:

  • Importe: preferentemente hasta 200.000 euros
  • Operaciones financieras a Largo Plazo:
    • Modalidad activo fijo: mínimo 36 meses y máximo 120 meses con hasta 12 meses de carencia.
    • Modalidad activo circulante: mínimo 36 meses y máximo 60 meses con hasta 12 meses de carencia.
  • Se requerirá Garantía que asegure el buen fin de la operación, entre las que se puede contar con el aval de Extraval S.G.R.

Extremadura Avante Inversiones

La Sociedad Extremadura Avante Inversiones SGEIC SA, es una entidad publico privada, perteneciente al grupo Extremadura Avante, regulada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que tiene como objeto el administrar y gestionar Fondos de Capital-Riesgo y activos de Sociedades de Capital-Riesgo.

Busca acompañar financieramente a las empresas extremeñas en las diferentes fases de su desarrollo, con el fin de que puedan ser más competitivas, impulsando el desarrollo industrial y empresarial de Extremadura.

Actualmente, gestiona el Fondo Extremadura Avante I, dotado con 30 millones de euros y una duración de 10 años, que tiene como finalidad el acompañar a las empresas extremeñas en las fases de desarrollo y/o internacionalización.

Para ello tomará participación directa en las empresas apoyadas y, en menor medida, concederá préstamos participativos.

El Fondo promoverá la inversión en empresas no financieras y de naturaleza no inmobiliaria, situadas preferentemente en la Comunidad de Extremadura o que reporten algún tipo de beneficio a la región.

Fuente: extremaduraavante.es 

25-noviembre-2017|

LÍNEAS ICO PARA LA FINANCIACIÓN DE AUTÓNOMOS Y PYMES

Las Líneas de Mediación o Líneas ICO, son líneas de financiación en las que el ICO actúa a través de las Entidades de Crédito, es decir, concede los fondos con la intermediación de las citadas Entidades.

Por una parte, el ICO establece la dotación económica total y las principales características y condiciones financieras de las diferentes líneas de financiación. Asimismo, firma los correspondientes Contratos de Financiación con las Entidades de Crédito para la comercialización de las Líneas a través de sus redes de oficinas a las que se dirigen directamente los clientes interesados.

Por su parte, son las Entidades de Crédito quienes asumen el riesgo de impago, se encargan del análisis y viabilidad de la operación, determinan las garantías a exigir, y deciden sobre la concesión o no de la financiación. Una vez aprobada la operación, dichas Entidades formalizan los correspondientes contratos con sus clientes con los fondos que le son entregados por el ICO.

Vigencia: se podrán formalizar préstamos al amparo de estas Líneas hasta el día 10 de diciembre de 2016.

Líneas disponibles (PINCHA EN EL NOMBRE PARA AMPLIAR INFORMACIÓN):

ICO Empresas y Emprendedores 2017

Financiación orientada a autónomos y empresas que realicen inversiones productivas en el territorio nacional y/o necesiten liquidez. También pueden solicitar financiación particulares y comunidades de propietarios para rehabilitación de viviendas.

– Importe máximo por cliente: hasta 12,5 millones de euros, en una o varias operaciones.

– Conceptos financiables:

• Liquidez

• Inversiones dentro del territorio nacional: Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano (IVA incluido), vehículos turismos, cuyo importe no supere los 30.000 euros más IVA, Adquisición de empresas, liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida para esta modalidad de inversión, rehabilitación de viviendas y edificios.

ICO Garantía SGR/SAECA 2017

Financiación orientada a autónomos y entidades públicas y privadas que cuenten con el aval de una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR) o SAECA.

ICO Crédito comercial 2017

Financiación orientada a autónomos y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad comercial dentro del territorio nacional o cubrir los costes previos de producción y elaboración de los bienes objeto de venta en España.

ICO Internacional 2017

Financiación orientada a:

– Tramo I Inversión y Liquidez: Autónomos, empresas y entidades públicas y privadas.

– Tramo II Exportadores Medio y Largo Plazo: Concesión de Crédito Suministrador, Comprador y Financiación complementaria a empresas.

ICO Exportadores 2017

Financiación orientada a autónomos y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad exportadora o cubrir los costes previos de producción y elaboración de los bienes objeto de exportación.

ICO Mediación banca internacional

La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades Financieras Internacionales con las que el ICO, bien directamente o bien a través de un banco multilateral, hubiera suscrito acuerdos de colaboración para canalizar la financiación ICO sujeta a este Programa.

Financiación Directa y Fondos

El Instituto de Crédito Oficial como parte de su actividad pone a disposición de las empresas españolas financiación directa para el desarrollo de grandes proyectos de inversión.

Financiación Corporativa: Préstamos para realizar inversiones productivas en España por importe superior a 15 millones de euros. El importe mínimo solicitado a través de este programa será de 10 millones de euros. Esta financiación está dirigida a empresas españolas con una facturación superior a 50 millones de euros y unos activos totales de más de 43 millones de euros y sus sociedades dependientes.

Financiación Estructurada: Préstamos para realizar proyectos en España y en el extranjero en los sectores de energía, infraestructuras y medio ambiente. Proyectos de más de 15 millones de euros. Financiación dirigida a empresas privadas españolas con una facturación superior a 50 millones de euros y unos activos totales de más de 43 millones de euros y sociedades dependientes, incluidas las sociedades vehículo de proyectos (Project finance).

ICO-CRTVE Cine Producción: Programa de financiación de obras audiovisuales de nueva producción (largometrajes y cortometrajes cinematográficos, películas para televisión, documentales de decidido contenido cultural y series de animación), cuyos derechos de comunicación pública hayan sido cedidos por las productoras a la Corporación de Radio y Televisión Española, S.A (CRTVE)

AXIS Capital Riesgo: Fondos gestionados por AXIS (gestora de capital riesgo del ICO)

Fuente: ico.es

25-noviembre-2017|

LINEA DE FINANCIACIÓN MICROCRÉDITO #SEREMPRESARIA

Finalidad

Las limitaciones de acceso al crédito que sufren las mujeres justifican que el Gobierno de Extremadura, a través de Extremadura Avante y la Sociedad de Garantía Recíproca Extremeña de Avales, haya diseñado una línea de microfinanciación para mujeres emprendedoras y empresarias, que flexibilizan los requisitos para la concesión de microcréditos a las mujeres.

Debido a la importancia de crear líneas de financiación específicas para emprendedoras, tanto tradicionales como alternativas, se pone en marcha una cartera de Microcréditos destinados a emprendedoras y empresarias que desarrollen su actividad empresarial en Extremadura.

La principal característica del microcrédito #serempresaria es la flexibilidad en los criterios para su concesión y la facilidad para la consecución de garantías o avales para la concesión de la operación.

Destinatarias:

Podrán ser beneficiarias del microcrédito #serempresaria las mujeres emprendedoras autónomas con residencia fiscal en Extremadura, o que prevean serlo, siempre que con carácter previo a la formalización de la operación de concesión de microcrédito, acrediten el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), o en su caso sociedades mercantiles con una mayoría accionarial en poder de las mujeres autónomas, que presente un plan de negocio viable en Extremadura, y que aporten un porcentaje que alcanzará al menos el 15% de la inversión prevista, como parte de los fondos necesarios para poner en marcha su plan de negocio.

Condiciones Generales:

Importe del microcrédito: entre 5.000 € y 25.000 €.

Plazo: Operaciones financieras a largo plazo: mínimo 36 meses y máximo 60 meses con hasta 12 meses de carencia.

Tipo de interés: Tipo de interés variable, Euribor a 6 meses, más 3%.

Tramitación y Comisiones: las operaciones acogidas a esta línea tendrán un coste del 0,8% de Comisión de Estudio que puede bonificarse a través de una línea del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, una comisión del 1% de Comisión de Riesgo y el coste de una participación como socio en la Sociedad de Garantía Recíproca Extremeña de Avales por un total de 300,51 €.

Conceptos subvencionables:

Obras e instalaciones, Adquisición de activo circulante, Gastos de Consultoría o asistencia técnica , Inversiones en maquinaria y/o bienes de equipo

Plazo de presentación

La convocatoria se encuentra abierta hasta el 31 de diciembre de 2017.

Información más completa

Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

25-noviembre-2017|

AYUDAS DEL PROGRAMA ICEX-NEXT DE APOYO A LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA PYME NO EXPORTADORA O EXPORTADORA NO CONSOLIDADA

Finalidad

ICEX Next es el programa de ICEX España Exportación e Inversiones para pymes españolas que desean iniciar o consolidar su negocio internacional, ayudándolas en todas las fases de su proyecto.

Destinatarios

Empresas PYMES españolas que reúnan los siguientes requisitos:

1. Contar con producto, servicio o marca propia.

2. Potencial exportador y cuya exportación no supere el 35% de su facturación o que superándolo su exportación se realice a un número máximo de cinco mercados geográficos y/o a un máximo de tres clientes o que superándolo su cifra de exportación sea inferior a 80.000 euros.

3. Personal cualificado y comprometido con la implantación del proyecto de internacionalización de la empresa.

4. Capacidad financiera para la ejecución de un proyecto internacional que permita posicionar a la empresa en el exterior.

5. Requerir asesoramiento para desarrollar o impulsar su estrategia de acceso a los mercados y su plan de negocio en los mismos.

6. No haber participado con anterioridad en programas de iniciación de ICEX.
Voluntad de compartir con otras pymes reflexiones y experiencias en mercados internacionales.

Plazo de presentación

Hasta el 15 de diciembre de 2017.

Contenido del programa

ICEX Next concede un total de 45 horas de Asesoramiento Personalizado a las empresas en materia de internacionalización (30 horas obligatorias + 15 horas opcionales), prestado por expertos en distintos ámbitos de la internacionalización y competitividad exterior.

De igual forma, será objeto de la ayuda un análisis de modelo de negocio (reflexión individual o en grupos reducidos de empresas, sobre el modelo de negocio actual y las capacidades necesarias para abordar el proyecto internacional) y un análisis de marketing digital.

Así mismo, el Programa apoya gastos de promoción y de personal para que las empresas puedan poner en marcha la estrategia de internacionalización planificada.

Cuantía

La ayuda máxima por empresa beneficiaria es de 10.400 euros. El desglose de la ayuda se realizará de la siguiente manera:

– Un máximo de 600 euros correspondientes a los análisis de modelo de negocio y marketing digital.

– Un máximo de 9.800 euros correspondientes al 50% de cofinanciación de ICEX en gastos de asesoramiento personalizado y gastos de promoción y de personal.

Información más completa:

Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

Fuente: icexnext.es

25-noviembre-2017|

OTRAS AYUDAS VIGENTES

NOTA: PINCHA EN EL NOMBRE DE LA AYUDA PARA OBTENER MÁS INFORMACIÓN.

Organismo Gestor: Dirección General de Empresa y Actividad Emprendedora de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación

Organismo Gestor: SEXPE (Dirección General de Empleo)

Organismo Gestor: Secretaría General de Servicios a la Ciudadanía, Atención Sanitaria y Social y Familias de la Consejería de Salud y Política Social

Organismo Gestor: Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía

Organismo Gestor: Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía

25-noviembre-2017|

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL EN LAS EMPRESAS

Convocatoria cerrada el 01 de noviembre de 2017.

Finalidad

Fortalecer el tejido empresarial, favoreciendo la creación de nuevos modelos de negocio asociados a las demandas de los nuevos consumidores, más centradas en la sostenibilidad y la reputación. Asimismo, con estas ayudas se pretende guiar a las empresas en el proceso de calificación como socialmente responsables, mediante la contratación de especialistas que les proporcionen información, orientación y apoyo técnico en materia de responsabilidad social, así como para llevar a cabo la gestión y tramitación del proceso de verificación como empresa socialmente responsable.

Para ello, se establecen dos modalidades:

– Modalidad 1: Ayudas a la contratación de expertos en Responsabilidad Social Empresarial.

Contratación de personas en situación legal de desempleo para la implantación de la RSE en la empresa y la realización del cuestionario de la Herramienta de Autoevaluación de RSE ubicada en la página del Observatorio de Responsabilidad Social Empresarial de la Junta de Extremadura, o bien, si se trata de empresas que ya cuentan con la certificación de Empresa Socialmente Responsable de Extremadura, la contratación del trabajador irá destinada a la implantación y desarrollo de nuevas medidas y mejora de la responsabilidad social en la empresa.

– Modalidad 2: Ayudas a la verificación.

Contratación de los servicios de una persona cualificada como auditora de empresa socialmente responsable acreditada por la Comunidad Autónoma de Extremadura para que realice el procedimiento de verificación de la información contenida en el cuestionario de autoevaluación. La persona física o jurídica que sea contratada por esta modalidad no podrá haber participado en la realización del cuestionario de autoevaluación.

Destinatarios

Empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, ya sean personas físicas, jurídicas, entidades sin ánimo de lucro o cualesquiera otras, siempre que tengan actividad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y realicen las actuaciones objeto de subvención en alguna de las modalidades previstas en centros de trabajo situados en Extremadura. Comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas.

Plazo de presentación

Hasta el 31 de Octubre de 2017.

Para las ayudas de la Modalidad 1: deberá presentarse la solicitud, en el plazo máximo de 1 mes desde la fecha de la contratación.

Requisitos

Para la Modalidad 1 será necesario que la empresa haya mantenido el nivel de empleo indefinido existente en los 12 meses anteriores a la formalización de cada contrato objeto de subvención, todo ello referido al centro o centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Cuantía

MODALIDAD 1:

– Contratos subvencionables:

a) Los contratos han de celebrarse con personas en situación legal de desempleo y que hayan realizado y superado el curso de formación en materia de responsabilidad social empresarial impartido a través de la Oficina de Responsabilidad Social Empresarial de la Junta de Extremadura o Máster Universitario en materia de responsabilidad social empresarial.

b) Las contrataciones realizadas deberán tener una duración mínima de 4 meses, y destinarse al menos el 50 % de la jornada de trabajo a la implantación de la RSE en la empresa y a la realización del cuestionario de autoevaluación utilizando la herramienta contenida en la página web del Observatorio de Responsabilidad Social Empresarial de la Junta de Extremadura (http://www.rsextremadura.es/), o bien, en el caso de empresas que ya cuenten con la certificación de Empresa Socialmente Responsable de Extremadura, la contratación del trabajador irá destinada a la implantación y desarrollo de nuevas medidas y mejora de la responsabilidad social en la empresa.

c) Las personas desempleadas contratadas con cargo a las modalidades previstas en este decreto deberán percibir las retribuciones que fije el convenio colectivo vigente en el momento de realizar el contrato de trabajo. Si no existiese convenio colectivo de aplicación, deberán percibir unas retribuciones iguales a las del personal contratado por la entidad beneficiaria que desempeñe el mismo puesto de trabajo y tenga igual categoría profesional, siempre que se respete el salario mínimo interprofesional fijado anualmente.

d) La diferencia que pudiera producirse entre el coste total de la contratación o contrataciones efectuadas y la subvención concedida será asumida por las entidades beneficiarias, sin que en ningún caso el importe de las subvenciones pueda superar el coste real de la contratación o contrataciones efectuadas.

– Cuantía de la SUBVENCIÓN:

Las subvenciones establecidas tendrán por finalidad la financiación de los costes salariales derivados de la contratación o contrataciones objeto de subvención. La cuantía de la subvención será de 1.500 euros por contratación. La cuantía de la subvención será de 1.800 euros, si la contratación se celebra con desempleados perteneciente a alguno de los siguientes colectivos:

a) Mujeres.

b) Mayores de 45 años.

c) Personas con un grado de discapacidad reconocido de al menos el 33 %.

d) Parados de larga duración.

MODALIDAD 2:

– Actuaciones subvencionables:

Serán subvencionables con cargo a la Modalidad 2 la contratación de los servicios de una persona cualificada como auditora de empresa socialmente responsable acreditada por la Comunidad Autónoma de Extremadura para realizar el procedimiento de verificación de la información contenida en el cuestionario de la Herramienta de Autoevaluación ORSE. La acreditación se comprobará de oficio por el órgano gestor.

– Gastos subvencionables:

Se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido. Se considerarán gastos subvencionables los directamente relacionados con la ejecución de la actuación subvencionada, excluido el IVA, tomando como referencia las valoraciones predominantes en el mercado.

Solo se subvencionará la contratación de los servicios de una persona cualificada como auditora de RSE por parte de aquellas empresas que previamente hayan finalizado el cuestionario de la Herramienta de Autoevaluación ORSE. El cumplimiento de este requisito será comprobado de oficio por la Oficina de Responsabilidad Social Empresarial.

– Cuantía Subvencionable:

Será subvencionable el 50 % del coste del servicio de auditoría para la verificación y, en su caso, registro como empresa socialmente responsable, con un máximo de 500 euros.

Información más completa y tramitación de solicitudes:

Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

5-septiembre-2017|
Ir a Arriba