Convocatoria cerrada el 01 de noviembre de 2017.

Finalidad

Fortalecer el tejido empresarial, favoreciendo la creación de nuevos modelos de negocio asociados a las demandas de los nuevos consumidores, más centradas en la sostenibilidad y la reputación. Asimismo, con estas ayudas se pretende guiar a las empresas en el proceso de calificación como socialmente responsables, mediante la contratación de especialistas que les proporcionen información, orientación y apoyo técnico en materia de responsabilidad social, así como para llevar a cabo la gestión y tramitación del proceso de verificación como empresa socialmente responsable.

Para ello, se establecen dos modalidades:

– Modalidad 1: Ayudas a la contratación de expertos en Responsabilidad Social Empresarial.

Contratación de personas en situación legal de desempleo para la implantación de la RSE en la empresa y la realización del cuestionario de la Herramienta de Autoevaluación de RSE ubicada en la página del Observatorio de Responsabilidad Social Empresarial de la Junta de Extremadura, o bien, si se trata de empresas que ya cuentan con la certificación de Empresa Socialmente Responsable de Extremadura, la contratación del trabajador irá destinada a la implantación y desarrollo de nuevas medidas y mejora de la responsabilidad social en la empresa.

– Modalidad 2: Ayudas a la verificación.

Contratación de los servicios de una persona cualificada como auditora de empresa socialmente responsable acreditada por la Comunidad Autónoma de Extremadura para que realice el procedimiento de verificación de la información contenida en el cuestionario de autoevaluación. La persona física o jurídica que sea contratada por esta modalidad no podrá haber participado en la realización del cuestionario de autoevaluación.

Destinatarios

Empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, ya sean personas físicas, jurídicas, entidades sin ánimo de lucro o cualesquiera otras, siempre que tengan actividad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y realicen las actuaciones objeto de subvención en alguna de las modalidades previstas en centros de trabajo situados en Extremadura. Comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas.

Plazo de presentación

Hasta el 31 de Octubre de 2017.

Para las ayudas de la Modalidad 1: deberá presentarse la solicitud, en el plazo máximo de 1 mes desde la fecha de la contratación.

Requisitos

Para la Modalidad 1 será necesario que la empresa haya mantenido el nivel de empleo indefinido existente en los 12 meses anteriores a la formalización de cada contrato objeto de subvención, todo ello referido al centro o centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Cuantía

MODALIDAD 1:

– Contratos subvencionables:

a) Los contratos han de celebrarse con personas en situación legal de desempleo y que hayan realizado y superado el curso de formación en materia de responsabilidad social empresarial impartido a través de la Oficina de Responsabilidad Social Empresarial de la Junta de Extremadura o Máster Universitario en materia de responsabilidad social empresarial.

b) Las contrataciones realizadas deberán tener una duración mínima de 4 meses, y destinarse al menos el 50 % de la jornada de trabajo a la implantación de la RSE en la empresa y a la realización del cuestionario de autoevaluación utilizando la herramienta contenida en la página web del Observatorio de Responsabilidad Social Empresarial de la Junta de Extremadura (http://www.rsextremadura.es/), o bien, en el caso de empresas que ya cuenten con la certificación de Empresa Socialmente Responsable de Extremadura, la contratación del trabajador irá destinada a la implantación y desarrollo de nuevas medidas y mejora de la responsabilidad social en la empresa.

c) Las personas desempleadas contratadas con cargo a las modalidades previstas en este decreto deberán percibir las retribuciones que fije el convenio colectivo vigente en el momento de realizar el contrato de trabajo. Si no existiese convenio colectivo de aplicación, deberán percibir unas retribuciones iguales a las del personal contratado por la entidad beneficiaria que desempeñe el mismo puesto de trabajo y tenga igual categoría profesional, siempre que se respete el salario mínimo interprofesional fijado anualmente.

d) La diferencia que pudiera producirse entre el coste total de la contratación o contrataciones efectuadas y la subvención concedida será asumida por las entidades beneficiarias, sin que en ningún caso el importe de las subvenciones pueda superar el coste real de la contratación o contrataciones efectuadas.

– Cuantía de la SUBVENCIÓN:

Las subvenciones establecidas tendrán por finalidad la financiación de los costes salariales derivados de la contratación o contrataciones objeto de subvención. La cuantía de la subvención será de 1.500 euros por contratación. La cuantía de la subvención será de 1.800 euros, si la contratación se celebra con desempleados perteneciente a alguno de los siguientes colectivos:

a) Mujeres.

b) Mayores de 45 años.

c) Personas con un grado de discapacidad reconocido de al menos el 33 %.

d) Parados de larga duración.

MODALIDAD 2:

– Actuaciones subvencionables:

Serán subvencionables con cargo a la Modalidad 2 la contratación de los servicios de una persona cualificada como auditora de empresa socialmente responsable acreditada por la Comunidad Autónoma de Extremadura para realizar el procedimiento de verificación de la información contenida en el cuestionario de la Herramienta de Autoevaluación ORSE. La acreditación se comprobará de oficio por el órgano gestor.

– Gastos subvencionables:

Se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido. Se considerarán gastos subvencionables los directamente relacionados con la ejecución de la actuación subvencionada, excluido el IVA, tomando como referencia las valoraciones predominantes en el mercado.

Solo se subvencionará la contratación de los servicios de una persona cualificada como auditora de RSE por parte de aquellas empresas que previamente hayan finalizado el cuestionario de la Herramienta de Autoevaluación ORSE. El cumplimiento de este requisito será comprobado de oficio por la Oficina de Responsabilidad Social Empresarial.

– Cuantía Subvencionable:

Será subvencionable el 50 % del coste del servicio de auditoría para la verificación y, en su caso, registro como empresa socialmente responsable, con un máximo de 500 euros.

Información más completa y tramitación de solicitudes:

Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera