SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS

Finalidad

Subvención destinada a fomentar las condiciones que propicien la mejora de la ocupabilidad de las personas desempleadas mediante el ofrecimiento de un primer contacto con la realidad laboral, que complete la formación alcanzada facilitándole un conocimiento práctico de la profesión.

Estas prácticas están dirigidas a personas jóvenes entre 18 y 25 años, que hayan finalizados los estudios que habilitan para el ejercicio de la respectiva profesión y que, debido a su falta de experiencia laboral, tengan problemas de empleabilidad.

Destinatarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones:

a) Programa I:

Los/as empresarios/as que desarrollen una actividad profesional en despachos profesionales, entendiendo por actividad profesional, aquella para cuyo desempeño se requiere titulación universitaria oficial o titulación profesional para cuyo ejercicio sea necesario acreditar una titulación universitaria oficial, e inscripción en el correspondiente Colegio.
El ejercicio de la actividad profesional deberá realizarse por empresarios/as individuales o en común, en este caso a través de una sociedad profesional de las reguladas en la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales.
Ningún beneficiario, individual o social, con independencia de los socios/as profesionales que integren la sociedad profesional, podrá solicitar subvención para más de dos personas jóvenes participes en prácticas no laborales en empresas.
b) Programa II:
Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que, en su condición de empleadoras realicen las prácticas no laborales en los términos previstos en el Decreto 201/2016, de 14 de diciembre.

Plazo de presentación

Los interesados deberán presentar su solicitud en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de inicio de las prácticas no laborales en empresas y, en todo caso, durante el plazo de vigencia de la convocatoria.

El plazo máximo de vigencia de la presente convocatoria, a los efectos de presentación de solicitudes, finalizará el día 31 de marzo de 2019.

Requisitos

Las personas jóvenes participantes en las prácticas no laborales en empresas deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener una edad entre 18 y 25 años, ambas inclusive.

b) Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en el Servicio Extremeño Público de Empleo.

c) Poseer la titulación universitaria correspondiente, o en su caso, titulación de formación profesional de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad.

d) No haber tenido una relación laboral u otro tipo de experiencia profesional superior a tres meses en el ejercicio de la profesión correspondiente a su titulación universitaria, no teniéndose en cuenta a estos efectos las prácticas que formen parte de los currículos para la obtención de dicha titulación.

e) Estar empadronado en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la fecha de inicio de las prácticas.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.4 del Decreto 201/2016, de 14 de diciembre, podrán ser objeto de financiación con cargo a la presente convocatoria, en cualquiera de los programas previstos en el artículo 3 de la orden de convocatoria, las ayudas para las prácticas en las que los destinatarios finales sean personas jóvenes inscritas en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que reúnan los requisitos establecidos en el apartado anterior y, específicamente, los requisitos recogidos en el artículo 105.1 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, con carácter previo a recibir cualquier tipo de atención.

Cuantía

Programa I: Subvenciones destinadas a financiar prácticas no laborales de personas jóvenes tituladas universitarias en despachos profesionales dedicados al desarrollo de una actividad profesional, cuyos titulares, formalicen convenios al efecto con el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) al amparo de alguno de los Convenios Marco suscritos entre el SEXPE y los Colegios Profesionales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme al modelo que se establece en Anexo II de las bases reguladoras.

Programa II: Subvenciones destinadas a financiar prácticas no laborales en empresas, con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de jóvenes titulados universitarios o con titulación de formación profesional, de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad, siempre que las empresas hayan formalizado previamente convenio con el SEXPE.

Cuantía:

Para el Programa I.

La cuantía de las subvenciones para aquellos beneficiarios que, cumpliendo los requisitos, vayan a desarrollar en sus despachos profesionales las prácticas no laborales en empresas durante un periodo de seis meses, será de 4,76 € /hora/alumno, con un límite máximo de 4.000 €, por participante.
 Para el programa II.
La cuantía de las subvenciones para aquellos beneficiarios que, cumpliendo los requisitos, vayan a desarrollar en sus centros de trabajo las prácticas no laborales durante un periodo de seis meses, será de 4,76 € /hora/alumno, con un límite máximo de 4.000 €, por participante.

Información más completa y tramitación de solicitudes:

Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

4-diciembre-2018|Empresas-Emprendimiento, Ayudas|
Ir a Arriba