Finalidad
Fomentar el empleo indefinido en la Comunidad Autónoma, mediante dos programas de subvenciones:
- Programa I: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales.
- Programa II: Ayudas por transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos
Destinatarios
- Profesionales colegiados y empresas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos enel Decreto 87/2016, de 28 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, realicen contrataciones en los términos previstos en el artículo 9 de dicho decreto.
- Comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que, cumpliendo los requisitos y condiciones previstos en cada caso, realicen contrataciones con carácter estable de personas trabajadoras.
Plazo de presentación
Plazo de vigencia de la convocatoria: del 26 de diciembre de 2019 al 31 de octubre de 2020, ambos incluidos.
Se habilita un plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación en el DOE de la presente resolución, para que puedan presentarse solicitudes para los contratos cuyas fechas de inicio o transformación se hayan producido entre el 1 de septiembre de 2019 y el día de publicación de la resolución
Requisitos
Requisitos de las entidades beneficiarias.
1. Las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
a. No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b. Estar radicadas en Extremadura, entendiendo por tal tener domicilio, sede social o, al menos, algún centro de trabajo, en la Comunidad Autónoma.
c. Que el puesto de trabajo por el que se solicite subvención, se cree o se transforme, radique en la Comunidad Autónoma de Extremadura y esté en situación de alta en un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.
2. El requisito señalado en el apartado a) se acreditará por el solicitante mediante la presentación de declaración responsable según Anexo V del Decreto 87/2016, de 28 de junio.
1. La cuantía de la subvención establecida en el Programa I por contratación indefinida a tiempo completo será:
Información más completa y tramitación de solicitudes:
Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera