SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS SIN FIN DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE NORMALIZACIÓN DIRIGIDOS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Finalidad

Concesión de subvenciones (en régimen de concurrencia competitiva), a entidades privadas sin fin de lucro que lleven a cabo proyectos que incidan directamente en la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad a través de la financiación de proyectos de normalización desarrollados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2022, que tengan una duración igual o superior a seis meses dentro de la anualidad, y que se encuadren dentro de alguna de las siguientes modalidades:

— Orientación e Inserción Laboral.
— Integración Social.
— Información a la población y de promoción de la imagen de las personas con discapacidad.

Destinatarios

Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las Entidades Privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales especializados a personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en cuyos estatutos figure como objeto social principal la atención a personas con discapacidad.

En ningún caso podrán solicitar las subvenciones:
a) Entidades sin ánimo de lucro de pacientes y/o familiares de pacientes, afectados por una enfermedad crónica.
b) Entidades sin ánimo de lucro de afectados y/o familiares de afectados por conductas adictivas.

Plazo de presentación

Año 2022: del 12 al 25 de enero, ambos incluidos.

Requisitos

Las entidades beneficiarias de las subvenciones deberán reunir los requisitos generales y específicos determinados para cada una de las modalidades de subvención establecidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante la ejecución de la actividad subvencionada.

Cuantía

Siguientes modalidades:
— Orientación e Inserción Laboral: tendrán esta consideración aquellos proyectos dirigidos a personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, mayores de 16 años que no superen la edad de jubilación y que no requieran atención a necesidades específicas, que contemplen como objetivos alguno de los siguientes:

1. Facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad, posibilitando el aprendizaje y desarrollo de conocimientos, habilidades y actitudes tendentes a aumentar las competencias laborales con vistas a incrementar sus posibilidades de acceso y mantenimiento del empleo remunerado.
2. Promover el uso de los recursos comunitarios de empleo, orientados hacia la normalización laboral, contribuyendo, a través de la formación y la ocupación, a una mayor y más efectiva participación en la vida social, al desarrollo de su autonomía personal y a la mejora de su autoestima.
3. Posibilitar el aprendizaje, capacitación y desarrollo de habilidades relacionadas con el ámbito de la formación ocupacional/laboral al objeto de favorecer el acceso a otros recursos de formación y/o empleo, que le facilite su integración laboral.

— Integración Social: tendrán esta consideración aquellos proyectos dirigidos a personas con una edad igual o superior a 12 años, que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, y que contemplen como objetivos alguno de los que se enumeran a continuación:

1. Facilitar la integración social de las personas con discapacidad, tendiendo a la integración y posibilitando el aprendizaje y desarrollo de conocimientos, habilidades y actitudes tendentes a aumentar sus competencias personales y sociales.
2. Promover el uso de los recursos comunitarios, orientados hacia la normalización, contribuyendo, a través de la información, formación y el desarrollo de actividades significativas para la persona con discapacidad, a una mayor y más efectiva participación en la vida social, al desarrollo de su autonomía personal y a la mejora de su autoestima.
3. Mejorar y potenciar la autonomía de la persona con discapacidad permitiendo o favoreciendo el acceso a una vida independiente.

— Información a la población y de promoción de la imagen de las personas con discapacidad: tendrán esta consideración aquellos proyectos que contemplen entre sus objetivos alguno de los siguientes:

1. Informar a la población de la realidad del colectivo de personas con discapacidad con el objeto de eliminar estereotipos y facilitar la integración de las personas con discapacidad.
2. Promocionar una imagen positiva de las personas con discapacidad. En ningún caso, estos proyectos podrán tener como objetivos la publicidad o la promoción de la propia entidad ni incluir actividades relacionadas con las mismas.

Criterios para la determinación de la cuantía individualizada de las subvenciones:
1. El importe de la subvención podrá alcanzar el 100 % del coste total de realización de las actividades subvencionables.
2. El crédito presupuestario consignado en esta resolución de convocatoria asciende a 1.125.000,00 € y se distribuirá entre las distintas modalidades conforme a los siguientes porcentajes:

— Proyecto de Orientación e Inserción Laboral (42 %): 472.500,00 €
— Proyecto de Integración Social (33 %): 371.250,00 €.
— Proyecto de Información a la Población y de promoción de la imagen de las personas con discapacidad (25 %): 281.250,00 €.

3. La cuantía individualizada del proyecto será el resultado de dividir el crédito total disponible en la modalidad entre el sumatorio de las puntuaciones obtenidas por los proyectos que han alcanzado la puntuación mínima para tener derecho a subvención, multiplicado por la puntuación obtenida por cada proyecto.
4. Una vez realizada la asignación individual, si resultara un saldo no aplicado por la limitación de la cuantía solicitada, podrá destinarse al resto de proyectos de la misma modalidad, siguiendo la fórmula anterior.
5. En el caso de que, una vez otorgada la cuantía máxima individualizada a cada uno de los proyectos de una modalidad determinada, resultara crédito sobrante en la misma, éste podrá ser destinado a financiar el resto de modalidades, repartiéndose entre estas en función del porcentaje al que se refiere el apartado 2 del resuelvo octavo de la resolución de convocatoria. Esta operación se realizará hasta agotar el crédito correspondiente o se concedan a todos los proyectos la cuantía máxima individualizada.
6. En todo caso, la cuantía máxima individualizada a conceder por proyecto dentro de cada modalidad será:

— Proyectos de orientación e inserción laboral: 60.000 euros.
— Proyectos de integración social: 60.000 euros.
— Proyectos de información a la población y de promoción de la imagen de las personas con discapacidad: 30.000 euros.

Información más completa y tramitación de solicitudes:

Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

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