El Diario Oficial de Extremadura publica hoy la RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2020, de la Dirección General de Política Forestal, por la que se da publicidad al capítulo XV de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, añadido por la disposición final segunda de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Por el que se resuelve dar publicidad al contenido del Capítulo XV de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, dedicado a las condiciones para el desarrollo de la actividad cinegética y la pesca deportiva y recreativa, (BOE nº 138 de 16 de mayo de 2020), informando a la ciudadanía que lo dispuesto en la misma, resulta de aplicación en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura desde las 00:00 del día 18 de mayo de 2020, manteniendo su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas, según lo establecido en su disposición final quinta.