La FEMPEX ha remitido a hoy, 4 de enero, la comunicación de la Delegación del Gobierno de Extremadura con las instrucciones de cómo deben desarrollarse las Cabalgatas de Reyes Magos, una información que comparte el Ayuntamiento de Oliva de la Frontera:

COMUNICACIÓN PARA ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES CON MOTIVO DE LAS FIESTAS NAVIDEÑAS RELATIVAS A LAS CABALGATAS DE REYES Y/O OTROS EVENTOS ASIMILADOS

1. Con motivo de la proximidad de las fiestas navideñas, el pasado día 11 de diciembre se dictó y publicó en el DOE la Resolución de 11 de diciembre de 2020, del Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales, se dispuso la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 9 de diciembre de 2020, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se adoptaban, además de ciertas recomendaciones, otras medidas especiales excepcionales de carácter temporal en materia de salud pública relativas al desarrollo de citadas fiestas.

2. Citado Acuerdo, en el punto 3 de su Anexo determina las condiciones de celebración de actos y eventos navideños estableciendo expresamente la prohibición de las cabalgatas de reyes celebradas en el modo tradicional, esto es, a modo de desfile de carrozas en vías y espacios públicos que atraerían la natural afluencia de público y constituirían un incremento del nivel de riesgo de contagio y extensión de la pandemia.

3. Por todos es conocida la evolución desfavorable de los diferentes niveles de valoración del riesgo de transmisión del COVID-19 que han motivado incluso la modificación de las medidas de flexibilización que hasta la fecha se habían adoptado con motivo de las tradicionales fiestas de Navidad.

Por todo ello, esta Delegación ha considerado conveniente recordar e insistir en la necesidad de adoptar las medidas preventivas adoptadas por las autoridades sanitarias competentes de modo que se eviten el desarrollo de actos o eventos que, aunque seguramente bienintencionados, constituyan un incremento del nivel de riesgo de contagio del virus en unas circunstancias sanitarias ciertamente complejas.

A tal fin mediante la presente comunicación se efectúa un llamamiento a la ciudadanía en general y especialmente a las de quienes asumen responsabilidades públicas, como son los Alcaldes de cada Ayuntamiento, a fin de que extremen el cumplimiento de las medidas establecidas por las autoridades sanitarias competentes referidas al desarrollo de los eventos señalados en los párrafos que anteceden y que se expresan en la presente instrucción:

Primero.- Con carácter general no podrán desarrollarse cabalgatas de reyes de carácter dinámico al modo tradicional que comporten desfiles y su consiguiente acompañamiento público.

Segundo.- Dichos eventos podrán sustituirse por actos estáticos con ubicación fija en lugares que permitan el control de acceso e impidan una gran afluencia de público.

Tercero.- También podrán sustituirse por actos virtuales u otras modalidades imaginativas siempre que quede garantizado el control del público asistente al seguimiento de aquellos. Cuando por el lugar o por otras circunstancias no pueda garantizarse dicho control de aforos y presencia de público tales actos
no podrán llevarse a cabo.

Cuarto.- En ningún caso podrá celebrarse acto o evento de tipo alguno cuando se prevea una afluencia o participación simultánea superior a quinientas personas.

Quinto.- Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad velarán especialmente por el cumplimiento de las medidas reseñadas en la presente comunicación y en las disposiciones emitidas por las autoridades competentes limitando su participación en los actos y eventos aludidos a la vigilancia de la salud y seguridad ciudadanas y a la eventual corrección de comportamientos que constituyan un riesgo para ellas.

De la presente comunicación se dará traslado a las fuerzas y cuerpos de  Seguridad presentes en el CECOR de Extremadura así como a los Ayuntamientos de la Comunidad a través de la FEMPEX para su conocimiento y difusión.