Finalidad

Convocar para el ejercicio 2017, de las ayudas destinadas a financiar la realización de proyectos de investigación industrial y/o desarrollo experimental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, al amparo del Decreto 113/2017, de 18 de julio (DOE número 141, de 24 de julio), para las siguientes modalidades de ayudas:

  1. Proyectos de I+D realizados por empresas de base tecnológica.
  2. Proyectos de I+D realizados por empresas startup.

 

Destinatarios

Las empresas pymes de base tecnológica y/o microempresas Startup, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que lo sean conforme a las definiciones siguientes:

Empresa de base tecnológica: Es aquella empresa que operando en sectores industriales y con capacidad para generar nuevas tecnologías cumple los siguientes requisitos:

— Que integre en su plantilla, en al menos un 60 %, a personal cualificado, con titulación universitaria y dados de alta en la vida laboral de la empresa en los grupos de cotización 1 o 2 de la Seguridad Social.

— Que tenga unos gastos de investigación y desarrollo que representen al menos un 10 % del total de sus gastos de explotación durante al menos uno de los tres años previos al de la fecha de solicitud de la ayuda. Cuando se trate de una empresa nueva sin historial financiero, esta condición debe cumplirse en el ejercicio fiscal en curso, con fecha límite la de presentación de la instancia de solicitud.

Empresa Startup: microempresas emergentes, que no tengan más de 24 meses de actividad desde la fecha de alta en el IAE hasta la fecha de solicitud de estas ayudas, que no hayan lanzado ningún producto al mercado, apoyadas en la tecnología y el conocimiento asociadas a la innovación y al desarrollo de tecnologías, que buscan arrancar, emprender o crear un nuevo negocio de acelerado crecimiento en base al desarrollo de una idea que sirva para generar un producto nuevo o mejorar de forma ostensible uno ya existente en el mercado, bajo condiciones de alto riesgo tecnológico.

 

Plazo de presentación

Hasta el 23 de noviembre de 2017, inclusive.

Requisitos

El proyecto deberá financiarse al menos en un 20 % por parte del beneficiario sin ningún tipo de ayuda pública.

Los proyectos se realizarán íntegramente en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dentro de las áreas definidas en las RIS3, en los sectores agroalimentación, energías limpias, turismo, salud y TIC, si bien en todo caso no podrán realizarse actividades relacionadas con la exportación, concretamente las directamente vinculadas a las cantidades exportadas, el establecimiento y funcionamiento de una red de distribución u otros costes corrientes vinculados a la actividad exportadora.

Las empresas deberán tener código de cotización en la Seguridad Social en la Comunidad Autónoma, debiendo figurar el personal imputado al proyecto en el mismo.

El instrumental y equipos financiados destinados al proyecto deberán permanecer en el local donde se realice el proyecto subvencionado.

Además deberán cumplir las especificaciones siguientes:

  1. Para la modalidad de empresa de base tecnológica:
    1. El proyecto de inversión deberá necesariamente juzgarse técnica, económica y financieramente viable cuando supere el importe de 45.000 € de inversión subvencionable por empresa. Si el proyecto es de cuantía inferior o igual a 45.000 euros, sólo será necesario juzgarlo técnicamente viable.
    2. Las empresas participantes deberán disponer en plantilla o contratar personal investigador para realizar el proyecto.
    3. Se podrá presentar una única solicitud por empresa y convocatoria.
    4. Para todos los proyectos se exigirá un mínimo de un titulado universitario, dado de alta en los grupos de cotización 1 o 2 de la Seguridad Social por la empresa beneficiaria y dedicado a las tareas de investigación del proyecto subvencionable.
    5. El beneficiario podrá contar con la subcontratación de uno o varios centros de I+D para la realización del proyecto.
    6. El importe mínimo de la inversión proyectada para esta modalidad de ayudas será de 15.000 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) excluido, y el importe máximo de inversión subvencionable será de 250.000 euros, IVA excluido.
  2. Para la modalidad de empresa startup:
    1. Para las empresas de esta modalidad que no dispongan en plantilla ni vayan a contratar personal investigador, será necesaria la subcontratación de universidad/es y/o centro/s de investigación público/s o privado/s para la realización del proyecto.
    2. Cada startup solo podrá solicitar en cada convocatoria un proyecto.
    3. La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido para la realización del proyecto de I+D ideado por la empresa solicitante y el estudio de viabilidad del mismo.
    4. La duración de los proyectos será de 24 meses como máximo.
    5. El importe total máximo de inversión subvencionable será de 75.000 euros.

Cuantía

Modalidad de ayuda para financiar proyectos de I+D realizados por una empresa de base tecnológica:

Investigación industrial:

Pequeña empresa 70%

Mediana empresa 60%

Desarrollo experimental:

Pequeña empresa 45%

Mediana empresa 35%

Modalidad de ayuda para la financiación de proyectos de I+D realizados por una startup:

  1. Proyectos de investigación industrial: será del 70 % de los costes subvencionables del proyecto y 80 % si los resultados se difunden ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
  2. Proyectos de desarrollo experimental: será del 45 % de los costes subvencionables del proyecto y del 60 % si los resultados se difunden ampliamente por medio de  conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
  3. Estudio de viabilidad asociado al proyecto de desarrollo experimental: 70 % de los costes subvencionables de dicho estudio.

Información más completa y tramitación de solicitudes:

Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera