INTENSIDAD DE LAS AYUDAS:
1. La cuantía de la subvención se determinará aplicando un porcentaje fijo del 11 % a la inversión considerada como subvencionable. Tratándose de grandes empresas la subvención concedida se limitará a los costes netos extra de ejecutar la inversión en Extremadura, frente a la situación de otra localización distinta.
2. No obstante lo anterior, la cuantía de la subvención máxima a conceder por proyecto de inversión será de 44.000.000 €.
3. Las empresas beneficiarias de estas ayudas podrán obtener otras ayudas para el mismo proyecto de inversión subvencionado provenientes de cualquier Administración pública, local, regional, nacional o comunitaria.
En ningún caso la intensidad de las ayudas que se concedan a este mismo proyecto de inversión podrá superar el nivel máximo permitido por la normativa comunitaria aplicable a la Comunidad Autónoma de Extremadura (la Decisión de la Comisión Europea C (2014)3157 final o las que puedan sustituirla, modificarla o complementarla). No se deberán acumular con ayudas de mínimis si tal acumulación diera lugar a una intensidad de ayuda o a un importe de ayuda superior a ese nivel máximo permitido.
La intensidad máxima de la ayuda autorizable a cada proyecto será calculada de antemano por la primera autoridad otorgante.
INVERSIONES Y COSTES SUBVENCIONABLES:
1. Se consideran subvencionables las siguientes inversiones y gastos que pudiese realizar una empresa, agrupados en los siguientes apartados:
a) Obra civil:
— Traídas y acometidas de servicios necesarios para la actividad, siempre que queden en propiedad de la empresa beneficiaria y que no sean objeto de cesión a terceros.
— Urbanización adecuada a las necesidades del proyecto, siempre que queden en propiedad de la empresa beneficiaria y que no sean objeto de cesión a terceros.
— Construcción de oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal, almacenamiento de materias primas y de productos terminados, edificios de producción, de servicios industriales y de comercialización.
— Instalaciones y otras obras vinculadas al proyecto.
b) Bienes de Equipo y Equipamiento:
— Maquinaria de proceso, elementos de transporte interior, equipos de medida y control, equipos de seguridad, medios de protección del medio ambiente, instalaciones especiales, mobiliario y enseres, utillaje y pequeñas herramientas, equipos para proceso de información y otros bienes de equipo ligados al proyecto.
Los activos adquiridos dentro de este apartado deberán ser nuevos.