SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN EN PRÁCTICAS Y SU TRANSFORMACIÓN EN CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS JÓVENES CON TITULACIÓN

Finalidad

Subvencionar la contratación de personas jóvenes tituladas o con cualificación profesional, en situación de desempleo y con escasa experiencia laboral previa o sin experiencia previa en empleos relacionados con su titulación mediante un contrato en prácticas, como medida para potenciar su empleabilidad y consolidar su inserción laboral. Asimismo, como medida para la consolidación de esos empleos, se prevén ayudas para las transformaciones de estos contratos en prácticas en contratos indefinidos.

Destinatarios

Empresas, personas autónomas, profesionales colegiados, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que, en su condición de empleadoras, realicen contrataciones bajo la modalidad de contrato de trabajo en prácticas o transformaciones de estos contratos en prácticas en contratos indefinidos.

Asimismo podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que realicen dichas contrataciones en prácticas.

Plazo de presentación

  • El plazo de vigencia de la presente convocatoria a efectos de presentación de solictudes será de un año a partir del 15 de enero de 2021.
  • Las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, contado a partir de la fecha de inicio de la contratación o de la transformación objeto de los beneficios.

Requisitos

Las personas o entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) No estar afectadas por cualquiera de los motivos de exclusión establecidos en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Este requisito se acreditará por la entidad solicitante mediante la presentación de declaración responsable suscrita en el Anexo I de solicitud.

b) Estar radicadas en Extremadura, entendiendo por tal ejercer su actividad económica en la Comunidad Autónoma.

c) Que el puesto de trabajo que se cree o se transforme radique en la Comunidad Autónoma de Extremadura y esté en situación de alta en un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma, con carácter previo a la emisión de la propuesta de resolución favorable de concesión de la ayuda, así como en el momento en que se vaya a proceder al pago de la ayuda concedida. Asimismo, las personas o entidades beneficiarias deberán hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

La entidad deberá haber mantenido el nivel de empleo indefinido existente en los 12 meses anteriores a la formalización del contrato objeto de subvención, todo ello referido al ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se entenderá que la entidad beneficiaria de la subvención cumple con este requisito, en los siguientes supuestos:

a) Cuando las bajas de personas trabajadoras indefinidas en el periodo de los doce meses anteriores a la contratación objeto de subvención, sean cubiertas con el alta de otro contrato indefinido, que no haya sido objeto de subvención, siempre que la sustitución se realice con posterioridad a dicha baja y con anterioridad a que se produzca la contratación objeto de subvención o hasta un mes después del inicio de la misma.

b) No obstante, se considerará que existe mantenimiento del nivel de empleo indefinido, y no será necesaria, por tanto, la sustitución previa, cuando la causa de la baja sea el fallecimiento de una persona trabajadora, el pase a la situación de incapacidad laboral permanente, en sus grados de incapacidad total, absoluta o gran invalidez, la jubilación total y el despido disciplinario reconocido o declarado como procedente.

c) Asimismo se entenderá que existe mantenimiento del nivel de empleo, cuando en los supuestos contemplados en los artículos 45 y 46 del Estatuto de los Trabajadores, dicha baja sea cubierta con un contrato de interinidad antes de la contratación por la que se solicita subvención.

Cuantía
  •  Programa I: Ayudas a la contratación en prácticas de personas jóvenes tituladas universitarias o con titulación de formación profesional, de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad.
  • Programa II: Ayudas a la transformación en indefinidos de los contratos en prácticas subvencionados en el Programa I.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS:

La cuantía de la subvención establecida en el Programa I por contratación en prácticas a tiempo completo, según la duración del contrato será:

CONTRATO DE

SEIS MESES

CONTRATO DE

NUEVE MESES

CONTRATO DE

DOCE MESES

TITULACIÓN UNIVERSITARIA 5.000 € 7.500 € 10. 000 €
FORMACIÓN PROFESIONAL DE

GRADO SUPERIOR (FPII)

4.000 € 6.000 € 8. 000 €
FORMACIÓN PROFESIONAL DE

GRADO MEDIO (FPI) Y

CERTIFICADOS DE

PROFESIONALIDAD

3.500 € 5.250 € 7.000 €

La cuantía de la subvención establecida en el Programa II por la transformación en indefinidos de los contratos en prácticas subvencionados en el Programa I será la siguiente:

TRANSFORMACIÓN

DEL CONTRATO DE

SEIS MESES

TRANSFORMACIÓN

DEL CONTRATO DE

NUEVE MESES

TRANSFORMACIÓN

DEL CONTRATO DE

DOCE MESES

MUJER 7.000 € 6.000 € 5.500 €
HOMBRE 5.500 € 4.500 € 4.000 €

Las cuantías establecidas en el Programa II serán minoradas, en los supuestos de contratación indefinida a tiempo parcial, proporcionalmente a la jornada que figure en el contrato de trabajo.

Información más completa y tramitación de solicitudes:

Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

Ir a Arriba