PROGRAMA “UN AUTÓNOMO-UN EMPLEO” DESTINADO A LA CONTRATACIÓN POR CUENTA AJENA DE UNA PERSONA DESEMPLEADA POR PARTE DE UNA PERSONA TRABAJADORA AUTÓNOMA PARA SU CRECIMIENTO EMPRESARIAL

Finalidad

Las ayudas correspondientes al Programa I: Apoyo a la Contratación (1 Más 1), recogidas en el presente decreto de bases reguladoras tienen como objeto la creación de empleo por personas trabajadoras autónomas, mediante la contratación de personas desempleadas, prioritariamente jóvenes o paradas de larga duración, para el desarrollo de su actividad empresarial.

Destinatarios

Podrán ser beneficiarias de las ayudas del Programa I las personas trabajadoras por cuenta propia a título individual, encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) que realicen la contratación de una persona desempleada, prioritariamente jóvenes o paradas de larga duración, con el consiguiente alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

Se considerarán personas paradas de larga duración, a los efectos de las presentes ayudas, aquellas personas que en los últimos dieciocho meses anteriores a la fecha de contratación hayan permanecido inscritas como demandantes de empleo desempleadas durante, al menos, 360 días. Para el cómputo de los supuestos de contratos a tiempo parcial se tendrá en cuenta el total de días cotizados.

Durante el período de vigencia de cada convocatoria, las personas trabajadoras autónomas sólo podrán presentar una solicitud de ayuda para la contratación de una persona desempleada. En el caso de que un trabajador autónomo presente más de una solicitud de ayuda para la contratación de trabajadores, sólo será admitida a trámite la primera solicitud, siendo desestimadas las solicitudes de fecha posterior.

Plazo de presentación

Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, las personas interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, a contar desde la fecha de inicio de la contratación.

Vigencia de la convocatoria 2022: del 14 de enero al 30 de septiembre de 2022, ambos días incluidos.

Requisitos

Las personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos a la fecha de inicio de las contrataciones:

a) Tener cumplidos dieciocho años de edad.

b) Las personas beneficiarias deberán desarrollar su actividad económica en Extremadura, entendiendo por tal, tener domicilio de la actividad, sede social o al menos algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

c) Las personas beneficiarias no podrán haber realizado en su empresa una reducción de plantilla durante los seis meses anteriores a la solicitud de las ayudas. Dicha circunstancia se acreditará mediante declaración responsable en la solicitud de la ayuda.

d) Las personas beneficiarias deberán haber formalizado una oferta de empleo ante el centro de empleo correspondiente, con anterioridad a la realización de la contratación que es objeto de las presentes ayudas. Dicha circunstancia se comprobará de oficio por el órgano gestor de la ayuda.

Cuantía

Cuantía de las ayudas:

1. Las cuantías se establecen en función del grupo de cotización en el que se encuadre la persona objeto de subvención.

2. Se establecen las siguientes cuantías:

a) 23.000,00 euros para las contrataciones que se encuadren en el grupo de cotización 1 de la Seguridad Social.

b) 19.000,00 euros para las contrataciones que se encuadren en el grupo de cotización 2 de la Seguridad Social.

c) 16.000,00 euros para las contrataciones que se encuadren en los restantes grupos de cotización de la Seguridad Social.

Los importes anteriores serán incrementados en 1.000,00 euros, cuando la persona contratada tenga 30 o menos años o sea una persona parada de larga duración, a la fecha de contratación.

Información más completa y tramitación de solicitudes:

Agencia de Empleo y Desarrollo del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

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